La maternidad y paternidad del abogado será causal de suspensión de juicio oral
La medida se incluirá en la Ley de Enjuiciamiento Criminal como parte de las reformas penales en España.
La medida se incluirá en la Ley de Enjuiciamiento Criminal como parte de las reformas penales en España.
El senado de España aprobó incorporar en la Ley de Enjuiciamiento Criminal la causal de suspensión del juicio oral por maternidad o paternidad del abogado. De tal forma, los procesos penales se agregarían a los procesos civiles que ya lo tenían como causal.
Así, se pretende reivindicar el ejercicio del Derecho y reducir las brechas existentes entre las mujeres que lo ejercen en relación con los hombres. Esto debido a que las abogadas veían limitada su maternidad porque esta significaba una inflexión en su desarrollo profesional. Además, permitirá una conciliación entre la vida laboral y familiar.
Antes de la aprobación de esta reforma, el juez decidía discrecionalmente si se continuaba o no un juicio oral ante la solicitud de los abogados.
En el 2016, una abogada de Girona solicitó la suspensión de un juicio oral porque era una semana después de la fecha que tenía programada para su labor de parto. Sin embargo, fue denegada por no ser una causal de suspensión en el marco legal.