Por más de 5 años, el peruano Óscar Ugarteche Galarza ha buscado el reconocimiento pleno de su matrimonio. Pero, al presentar el pedido ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), dicha entidad expidió una resolución que declaró improcedente su solicitud.
El organismo señaló que, conforme al Código Civil peruano, el matrimonio requiere diversidad de sexo. Sin embargo, Oscar Ugarteche apeló la resolución indicando que esta atentaba contra los principios constitucionales a la igualdad y no discriminación.
Pese a ello, la RENIEC volvió a rechazar el pedido, declarando infundado el recurso de apelación. En su decisión, reiteró el artículo 234 del Código Civil, el cual establece que el matrimonio es la unión voluntaria entre varón y mujer, por lo que afirmó que no existiría respaldo normativo para la unión de dos personas del mismo sexo.
Pero Ugarteche acudió a la justicia constitucional mediante un amparo. Así, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada el pedido del demandante, disponiendo la inscripción de su matrimonio con el ciudadano mexicano Fidel Aroche Reyes.
Cabe resaltar que esta sentencia marca un nuevo precedente importante para nuestro país, en cuanto se refiere a los derechos de las personas que se hayan casado en el extranjero. Ya semanas atrás, el Tribunal Registral se había pronunciado con una decisión similar.
sentencia ugarteche by La Ley on Scribd