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Franja electoral incluiría a las redes sociales de medios de comunicación

Franja electoral incluiría a las redes sociales de medios de comunicación

De aprobarse un proyecto de ley, la difusión de propaganda electoral también abarcaría a las plataformas digitales de radio y televisión, entiéndase portales web y redes sociales. De igual forma, se propone incluir a los medios impresos dentro de la franja electoral. Lea aquí los alcances de la iniciativa legislativa.

Por Redacción Laley.pe

domingo 27 de diciembre 2015

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Un proyecto de ley propone ampliar los alcances de la franja electoral. Así, durante las elecciones presidenciales y parlamentarias no solo habrá espacios para la propaganda electoral de las agrupaciones políticas durante la programación de los canales de televisión de señal abierta y radio, sino también en las plataformas digitales y redes sociales de dichos medios de comunicación, ya sean públicos o privados.

La propuesta prevé que esta difusión en las plataformas digitales y redes sociales de los canales de televisión y estaciones de radio se presente por un espacio de diez minutos, desde los 60 días antes del tiempo autorizado para la difusión de propaganda política. Asimismo, se propone que dicha difusión deba realizarse de manera equitativa entre los partidos políticos, agrupaciones independientes o alianzas participantes en el proceso electoral, siendo esta sin costo alguno.

Franja electoral en la prensa escrita

De igual forma, la iniciativa legislativa propone incluir a la prensa escrita dentro de la franja electoral, extendiéndose la medida también a sus plataformas digitales (redes sociales y portal web). Por tanto, la propagación será por un espacio equivalente, cuando menos, a media página de manera diaria, desde 60 días antes del tiempo autorizado para la propaganda política.

De aprobarse la propuesta, se modificaría el artículo 194 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859. Cabe señalar que el proyecto de ley, por acuerdo de Junta de Portavoces del Congreso, ha sido exonerado de análisis en las comisiones parlamentarias correspondientes; por tanto, se encuentra listo para ser debatido en la Comisión Permanente del Parlamento, la cual tiene facultades para legislar hasta el 29 de febrero de 2016.

Lea aquí el dictamen:

PL0508820151210.pdf by La Ley

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