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¡Ya es oficial! Se publicó la Ley de la Carrera del Trabajador Judicial

¡Ya es oficial! Se publicó la Ley de la Carrera del Trabajador Judicial

Se acaba de publicar la Ley N° 30745, que establece un régimen laboral exclusivo para los trabajadores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, excluyéndolos de las reglas de la Ley del Servicio Civil. Asimismo, cataloga en siete niveles la carrera judicial. Lea y conozca esta norma aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 3 de abril 2018

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Luego de una larga espera, hoy se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Ley N° 30745, Ley de la carrera del trabajador judicial. Esta norma establece un régimen exclusivo para los trabajadores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial. Asimismo, recoge diversos principios, como el de protección contra el despido arbitrario y la dedicación exclusiva de la función.

Por otro lado, cataloga la carrera del trabajador judicial en siete niveles de función. Así, en el primer nivel se encuentra, entre otros, el auxiliar judicial y el auxiliar administrativo I y II; en el segundo nivel el auxiliar administrativo III; en el tercer nivel el asistente de atención al público, la secretaria II y el técnico administrativo.

En el cuarto nivel aparece el asistente administrativo I, el asistente judicial, el asistente jurisdiccional de CGE, el asistente jurisdiccional de juzgado, el asistente jurisdiccional de sala y el técnico judicial. En el quinto nivel aparece el asistente de juez, el especialista judicial audiencias juzgado, el especialista judicial audiencias sala, el especialista judicial de juzgado, el especialista legal, el perito judicial, y el secretario judicial.

En el sexto nivel se encuentra el secretario de confianza, el asesor legal de consejeros, el asesor de corte, el especialista judicial de sala, el relator y el secretario de sala. Finalmente, en el sétimo nivel se encuentran: el secretario de sala suprema, el secretario coordinador, el procurador adjunto, el asesor I y el coordinador I.

La norma establece también los requisitos de ingreso a la carrera del trabajador judicial, en todos los niveles antes descritos. 

Finalmente, se excluye a los trabajadores de la carrera judicial de los alcances de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y se establece un plazo de noventa días para que el Poder Judicial emita las disposiciones reglamentarias.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

Ley 30745 by La Ley on Scribd

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