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Legislación laboral: balance y análisis del 2013

Legislación laboral: balance y análisis del 2013

Se mantienen la rigidez de las normas y la laxitud de las directivas que las regulan. Esta es la principal conclusión del abogado laboralista Luis Vinatea con respecto a lo realizado en ese ámbito durante el pasado año. También destaca la reglamentación de la Sunafil, la promulgación de la Ley del Servicio Civil, y el lío de las AFPs.

Por Redacción Laley.pe

domingo 5 de enero 2014

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(Fuente foto: El Comercio).

Entre estas tres, sin embargo, Vinatea considera que la creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) —a través de la Ley ° 29981, promulgada en enero del año pasado—, y cuya reglamentación se aprobó en agosto, ha sido “el gran evento del 2013”. 

A falta todavía de implementarse, el especialista apunta que la aparición de dicha Superintendencia, adscrita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y encargada de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico social-laboral, el de seguridad y salud en el trabajo, es un gran avance en materia de regulación. 
Sobre el aspecto más polémico de la Sunafil, el de la escala de multas para las empresas, Vinatea puntualiza que “lo bueno es que en los últimos meses, la Ministra de Trabajo (Nancy Laos) adelantó que se iban a corregir. Es importante entender que para que la normativa se cumpla debe haber un fuerte proceso de fiscalización”. 
Añade, en este sentido, que las empresas deberían añadir como elemento complementario lo que se conoce como Buenas Prácticas Laborales, con el propósito de alentar y mejorar la eficiencia y productividad.
Sistema Privado de Pensiones, Ley Procesal de Trabajo, y Servir 
Como segundo evento a resaltar, dentro de 2013, el abogado laboralista menciona la frustrada incorporación de los trabajadores al Sistema Privado de Pensiones, producida en septiembre y actualmente suspendida hasta el 1 de agosto de 2014. 
Cabe recordar que, entre los alcances de la norma, se establece que para los independientes afiliados a alguna AFP la tasa de aporte desde agosto de 2014 a julio de 2015 será de 2.5%. Desde agosto de 2015 a julio de 2016 será de 5%, y desde agosto de 2016 a julio de 2017 el aporte será de 7.5%. A partir de agosto de 2017 ese porcentaje aumentará hasta el 10%. 
Según Vinatea, “el tercer evento importante, al menos en Lima, ha sido la puesta en funcionamiento de la Ley del Procesal de trabajo, relacionada a la justicia laboral. Si bien fue promulgada en noviembre de 2012, ha sido aplicada en Lima desde enero de 2013”. 
Por otra parte, Vinatea describe como un “salto trascendental” la promulgación de la Ley del Servicio Civil, el 5 de julio pasado. Esto se debe, en su opinión, a que por primera vez en el Perú se incorpora un esquema que permite incorporar la meritocracia al interior de la administración pública. 
“Una de las tareas iniciales es precisamente la puesta en vigencia de la norma y los frutos de esto los comenzaremos a ver recién en lo que irá del año”, puntualiza. 
El experto advierte que para este año queda pendiente aún reducir la cifra de informalidad laboral porque pese a que en los últimos años se han ido reduciendo los índices de desempleo, el incumplimiento de las normas aún es alto. Vinatea concluye que esta situación se produce, precisamente, por la rigidez de las leyes. Esta, a su vez, hace que los ciudadanos prefieren eludirlas y la informalidad sea causada por la ineficacia del estado para cumplir las leyes. 
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(Fuente foto: La República).
Lo que dejó el 2013 
Además del análisis realizado por Luis Vinatea, laley.pe eligió las siguientes normas entre las más destacadas del 2013: 
En febrero, se modificó a través de Ley de descanso por maternidad para cubrir los casos de nacimiento de niños con discapacidad, Ley 29992. 
En los primeros días de abril se aprobó el Reglamento de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones a través del Decreto Supremo N° 068-2013-EF, que entre otras cosas establecía que la base del cálculo del aporte obligatorio de los trabajadores independientes que no superen los 40 años está relacionada al ingreso mensual de dichos trabajadores, y no podrá ser inferior a una Renta Mínima Vital (750 nuevos soles). 
A fines del mismo mes se concedió el derecho de licencia a trabajadores del ámbito público o privado con familiares directos que se encuentran con enfermedad grave o terminal o sufran accidente grave, a través de la Ley 30012. La norma señala que la licencia se otorga por un plazo máximo de siete días calendario pero en caso fuera necesario más tiempo, se puede extender la licencia hasta en 30 días a cuenta del derecho de vacaciones. 
La norma que entró en vigencia el 27 de abril precisaba la excepción que el trabajador necesitará de más días para asistir a su familiar directo, se compensarán las horas utilizadas en horas extras de labores, siempre cuando exista un acuerdo con el empleador. Para gozar de este beneficio, el trabajador debe comunicar el suceso dentro de las 48 horas de ocurrido y necesita adjuntar el certificado médico que acredite el estado de gravedad o terminal o la puesta en riesgo de la vida de su familiar a causa del accidente sufrido. 
El 3 de mayo entró en vigencia la aprobación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de la que se busca generar una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Con lo cual se han establecido objetivos, principios y ejes de acción del Estado. 
Con la Ley del teletrabajo, puesta en vigencia el 6 de junio, se regula en el país la nueva forma de prestación de servicios dependientes caracterizada por la utilización de servicios de información y telecomunicaciones (TIC). La norma permite la contratación bajo esta nueva modalidad en instituciones públicas y privadas, que se caracteriza por la realización de labores por parte del trabajo sin su presencia física. A través de medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, a su vez, se ejercerá el control y supervisión del trabajo. 
De otro lado se han realizado modificaciones a distintas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, entre ellas, precisiones al régimen laboral MYPE. Entre ellas se amplió el régimen laboral especial –exclusivo de micro y pequeñas empresas– a las medianas empresas (solo en lo referido a la promoción empresarial) y se ha prorrogado este régimen por tres años adicionales. 
Con la Ley del Servicio Civil, puesta en vigencia desde el 5 de julio (aún está pendiente su reglamentación) el gobierno ha dado el gran paso para unificar en una sola planilla los distintos regímenes laborales vigentes y organizar en una sola planilla a los trabajadores del Estado. Se desarrolla las formas de ingreso, gestión de personal, sistema de compensaciones, derechos y obligaciones del personal del servicio civil, derechos colectivos, entre otros. 
Esta norma ha desarrollado un sistema de capacitación para mejorar el desempeño del servidor público, a través de dos tipos de capacitación: la formación laboral y la formación profesional. Establece una formulación de un proceso de evaluación de desempeño a realizarse anualmente que servirá de base para las compensaciones y la permanencia. 
En relación al tratamiento de los derechos colectivos establecen que los servidores públicos solo podrán negociar condiciones de trabajo y empleo no económicos, es decir, solo licencias, permisos, capacitación, uniformes, ambiente de trabajo, todo lo que facilite la actividad para cumplir funciones. 
Finalmente con la modificación del Reglamento de la ley General de Inspección del Trabajo el 7 de diciembre (su puesta en vigencia será el 1 de marzo de 2014) se establece, entre otros puntos, la posibilidad de acceder a una rebaja del 90% de la multa impuesta cuando el empleador inspeccionado haya cumplido con subsanar adecuadamente la infracción detectada.

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