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Caso Apdayc entra a Tribunal del Indecopi paralizado

Caso Apdayc entra a Tribunal del Indecopi paralizado

Sala especializada de Protección Intelectual que conocerá la apelación de Apdayc se encuentra abandonada desde diciembre del año pasado. Hasta ahora no se han nombrado a los cinco miembros vocales y a un secretario técnico con los que debe contar para funcionar.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de marzo 2014

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Resolver el caso Apdayc, institución que según la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi infringió la Ley del Derecho de Autor por el mal uso de regalías, no solo será un proceso largo sino que peor aún es totalmente incierto. 

La Sala especializada de Protección Intelectual del Tribunal del Indecopi, quien resolverá la apelación de Apdayc por la suspensión de su Consejo Directivo, actualmente no se encuentra en funcionamiento. Esto quiere decir, que a pesar de la reciente resolución emitida, mientras no se resuelva la situación de las salas especializadas, el Consejo Directivo de Apdayc continuará ejerciendo funciones.
A inicios de febrero de este año, LaLey.pe informó que el Tribunal del Indecopi se encuentra paralizado, pues sus tres salas especializadas se encuentran graves de distintos modos. En el caso de la Sala de Protección Intelectual, esta situación se produce desde el 19 de diciembre, pues sus vocales abandonaron sus cargos por imperativo legal, tras haber transcurrido cinco años de su elección (artículo 22 del Reglamento de Organizaciones y Funciones), y luego de recurrir a todos los recursos posibles. 
Apdayc, a través de un comunicado, ha anunciado que la resolución del Indecopi (N°100-2014/CDA-Indecopi) “no es ejecutable hasta que no quede firme y ello ocurrirá cuando se agoten las instancias administrativas (…)”. 
En efecto, según el artículo 19 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, sobre la ejecutividad y ejecutoriedad de las resoluciones del Tribunal, “la impugnación de las resoluciones de primera instancia suspende la ejecución de éstas”. Sin embargo, como ya dimos cuenta, esta impugnación quedará en el limbo hasta que Indecopi, conjuntamente con la Presidencia del Consejo de Ministros, designe a los vocales de las salas del Tribunal. Hasta entonces, los miembros del Consejo Directivo de Apdayc no podrán ser removidos.
El comunicado de Apdayc también señala que la resolución de la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi, de suspender las funciones del consejo directivo de Apdayc y la instalación de una junta administradora, «no es ejecutable hasta que quede firme (…) en las instancias judiciales correspondientes». Es decir que, «podrá llevar el pronunciamiento del Indecopi al Poder Judicial».
No obstante, hay que acotar que el mismo artículo 19, inciso 19.2, de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi indica que «las resoluciones emitidas por las Salas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección Intelectual se ejecutarán inmediatamente, sin perjuicio de que el interesado presente la demanda judicial correspondiente». 
Esto quiere decir que, si la Sala de Protección Intelectual del Tribunal confirma la resolución de la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi, se suspende el Consejo Directivo de Apdayc, a pesar que el caso sea llevado a instancias judiciales.
Nombramiento de vocales del Tribunal
El proceso de elección de los miembros solo es cuestión de iniciativa del Consejo Directivo del Indecopi, y con decisión de la PCM. Recurriendo una vez más a la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el artículo 13 señala que “los vocales de las Salas del Tribunal serán designados por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta del Consejo Directivo del INDECOPI, previa opinión del Órgano Consultivo”. 
Cabe recalcar que la elección de los miembros de las Salas del Tribunal del Indecopi no es un proceso rápido, se entiende que ello, por lo menos, tomaría un par de meses. ¿Cuándo iniciarán el procedimiento?
Con todo lo expuesto, Apdayc parece que se la sigue llevando fácil, y el caso no será resuelto hasta que las instituciones correspondientes pongan interés en esta situación.

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