Domingo 28 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Las razones del Poder Judicial para apoyar el proyecto de la unión civil

Las razones del Poder Judicial para apoyar el proyecto de la unión civil

A pedido de la Comisión de Justicia, el Poder Judicial ha emitido también un informe respecto al proyecto de unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo. En ese sentido, señala que dicho proyecto reivindica los derechos de la minoría homosexual, los incluye y acepta como iguales, por lo que dicha institución se pronuncia a favor de su aprobación.

Por Cecilia Cerna

miércoles 5 de noviembre 2014

Loading

[Img #5712]

Luego del pronunciamiento favorable de la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos acerca del proyecto de unión civil, le tocó lo propio al Poder Judicial. En efecto, recientemente dicho órgano emitió un informe positivo respecto a su posición sobre el debatido proyecto. ¿Cuáles fueron las razones que dio el Poder Judicial para su pronunciamiento?

Protección constitucional a la familia

Si bien  la Constitución brinda una especial protección a la familia,  a criterio del Poder Judicial, el texto constitucional no define de manera precisa a quienes o a qué define como familia, por lo tanto no reconoce un modelo específico de familia. Siendo de esta manera, es que no debe vincularse la familia solo con la institución del matrimonio.

Asimismo se señala que el Estado no solo debe brindar protección a las familias derivadas del matrimonio, en la medida que existen diferentes tipos de familias (como las monoparentales, las reconstituidas e incluso aquellas formadas por parejas homosexuales). 

Vale decir, que el instituto de la familia transciende al matrimonio, sucediendo que si se extinguiera éste aun persistiría aquella. En ese sentido, ya que el mencionado proyecto propone crear la institución de la unión civil no matrimonial para parejas del mismo sexo, sería válido que el Estado le brinde protección a estas parejas que también desearan formar una familia, reconociéndoles derechos y obligaciones a las que dé lugar.

Igualdad ante la ley y no discriminación

El Poder Judicial considera que debido a que una de las dimensiones del derecho fundamental a la igualdad establece que el legislador no puede promover la diferenciación arbitraria, injustificada y no razonable, la creación de la institución de la unión civil no matrimonial debería tener una base objetiva y razonable que justifique el trato diferente (no permitir que las parejas homosexuales acceder al matrimonio).

En ese sentido, la institución jurisdiccional señala que siendo uno de los objetivos del matrimonio la procreación, las parejas homosexuales no podrían cumplir con dicho propósito, y por tanto ello sí justificaría el tratamiento diferenciando (la unión civil) y tendría una base objetiva y razonable. 

Finalmente señala, que la unión civil no matrimonial sería la institución diferenciada que permita reconocer y proteger a las parejas homosexuales los derechos patrimoniales, asistenciales concernientes a la familia que se formará y en general los propios a la relación de pareja.  

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS