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Tres aspectos que debe conocer sobre los decretos de urgencia

Tres aspectos que debe conocer sobre los decretos de urgencia

El presidente de la República, Ollanta Humala, ha advertido que si el Congreso no aprueba la delegación de facultades legislativas que ha solicitado, las medidas económicas y de seguridad ciudadana que pretende adoptar se concretarán mediante decretos de urgencia. Cabe, entonces, conocer cuáles son los requisitos que ha establecido el Tribunal Constitucional para la emisión de estos importantes dispositivos legales.

Por Redacción Laley.pe

jueves 18 de junio 2015

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La Constitución otorga al Presidente de la República la facultad de legislar a través de decretos de urgencia. No obstante, el propio texto constitucional indica que esta no constituye una competencia que pueda ejercerse en cualquier circunstancia, sino que, como su propia denominación indica, es excepcional.

A continuación exponemos cuándo resulta válida la emisión de un decreto de urgencia y qué materias puede abarcar, así como el rol que cumple el Congreso en estos casos.

¿En qué circunstancias se justifica su emisión?

                       

Como ha indicado el Tribunal Constitucional, el decreto supremo deberá orientarse a revertir situaciones extraordinarias e imprevisibles. Además, es necesario que estas circunstancias sean de tal naturaleza que el tiempo que demanda el procedimiento parlamentario para la expedición de leyes impida la prevención de los daños que pudieran generarse.

En ese sentido, es indispensable que exista una vinculación directa entre la medida aplicada y las circunstancias extraordinarias existentes. Asimismo, los beneficios que depare la aplicación del decreto no pueden circunscribirse a intereses particulares, sino que deben alcanzar a toda la comunidad.

Por último, es importante tener en cuenta que las medidas extraordinarias adoptadas no deben mantenerse por un tiempo mayor al estrictamente necesario para revertir la coyuntura adversa (STC Exp. Nº 00008-2003-AI/TC).

¿Cuáles son las materias que pueden abordar?

La Constitución es clara al indicar que los decretos de urgencia deberán versar sobre materia económica y financiera (artículo 118, inciso 19). Asimismo, la Norma Suprema expresamente prohíbe que estos decretos regulen materia tributaria (artículo 74, párrafo tercero), así como exige el respeto de los derechos fundamentales (artículo 38) y de los principios que informan el régimen económico (artículo 58).

Por otra parte, el Colegiado Constitucional ha precisado que no resulta razonable exigir que el tenor económico sea tanto el medio como el fin de la norma, pues en el común de los casos la adopción de medidas económicas no es sino la vía que auspicia la consecución de metas de otra índole, fundamentalmente sociales (STC Exp. Nº 00004-2011-PI/TC).

¿Qué rol cumple el Congreso respecto de estos decretos?

La Constitución establece que luego de promulgada la norma el Ejecutivo deberá dar cuenta al Congreso (artículo 118, inciso 19). Por su parte, el Reglamento del Congreso ha regulado el procedimiento de control posterior de los decretos de urgencia (artículo 91). Ahí se establece que el Presidente deberá remitir la dación de cuentas por escrito luego de las 24 horas de publicado el decreto. 

Luego, el expediente es enviado a la Comisión de Constitución para su estudio por un plazo de 15 días útiles. Tras ello, se presenta un dictamen, recomendando la derogatoria del decreto si considera que las medidas adoptadas no se justifican o exceden el ámbito constitucionalmente permitido. Finalmente, el Pleno del Parlamento aprueba dicho dictamen y este es promulgado por el Presidente del Congreso.

Bonus legal: Decretos en cifras

Esta es la cantidad de decretos de urgencia emitidos durante los últimos tres periodos presidenciales. Como se observa, la gestión de Ollanta Humala se ha valido de facultades legislativas en 42 ocasiones en lo que va del actual gobierno.

Gobierno

Año

Decreto de Urgencia

Total

Ollanta Humala

2015

2

42

2014

5

2013

1

2012

18

2011 (ago-dic)

16

Alan García

2011 (ene-jul)

45

382

2010

89

2009

125

2008

52

2007

50

2006 (ago-dic)

21

Alejandro Toledo

2006 (ene-jul)

18

203

2005

35

2004

15

2003

24

2002

70

2001 (ago-dic)

41

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