Muchas novedades trae el proyecto de Reglamento de la Nueva Ley de Contrataciones del Estado. Por ejemplo, se establece que tendrán carácter vinculante las opiniones que emita el Organismo Superior de Contrataciones del Estado (OSCE) al absolver consultas. Dichos criterios tendrán vigencia a partir de la publicación en su portal institucional; y se conservarán mientras no sea modificado mediante otra opinión posterior debidamente sustentada o por norma legal.
Asimismo, se precisa que solo los acuerdos adoptados en sesiones de Sala Plena del Tribunal de Contrataciones del Estado constituyen precedentes de observancia obligatoria, incluso para las mismas salas de dicho tribunal. De esta manera se pretende evitar que existan resoluciones con criterios contradictorios emitidas por las distintas Salas del citado tribunal administrativo.
Así lo establece el proyecto de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas por mandato de la Resolución Ministerial N° 216-2015-EF/15 (El Peruano, sábado 4 de julio de 2015).
Dicha norma contendría 254 artículos, 15 disposiciones complementarias finales, 11 disposiciones complementarias transitorias y un anexo único de definiciones.
Para acceder al texto del proyecto de Reglamento puede dar clic aquí. Para revisar la exposición de motivos puede entrar aquí.
Proyecto Reglamento LCE