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Así los trabajadores del Poder Judicial compensarán las horas no laboradas por la última huelga

Así los trabajadores del Poder Judicial compensarán las horas no laboradas por la última huelga

Los trabajadores del Poder Judicial tendrán que compensar las horas dejadas de laborar por los siete días de paralizaciones del 2017 y por la más reciente huelga nacional del 24 al 31 de octubre. Entérate de las reglas de esta compensación aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 21 de noviembre 2017

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Como se recordará, durante este año los trabajadores del Poder Judicial dejaron de laborar siete días por motivo de paralizaciones y ocho días por la huelga nacional del 24 al 31 de octubre. Para compensar estos días, el Poder Judicial ha establecido que las horas dejadas de laborar por los trabajadores judiciales por las paralizaciones de los días 19 de julio, 16, 17 y 24 de agosto, y del 06 al 08 de setiembre de 2017, serán compensadas a partir del 18 de noviembre al 2 de diciembre de 2017.

Esto se llevará a cabo de lunes a viernes con un mínimo de dos y un máximo de tres horas. Los días sábados, las horas de compensación serán desde las 8:00h a.m. hasta las 16:45 p.m., pudiendo ampliarse con mínimo de dos horas y un máximo de tres horas adicionales. Las horas nos compensadas serán informadas para el descuento respectivo  en la planilla de diciembre de 2017.

Por su parte, las horas dejadas de laborar por la huelga del 24 al 31 de octubre, serán compensadas por los trabajadores judiciales desde el 4 al 23 de diciembre. Esto se realizará de lunes a viernes con un mínimo de dos y un máximo de tres horas. Los días sábados, las horas de compensación serán desde las 8:00 hasta las 16:45, pudiendo ampliarse con mínimo de dos y un máximo de tres horas adicionales. El total de las horas compensadas serán informadas para el reintegro respectivo  en la planilla adicional de diciembre de 2017.

Así lo ha dispuesto la la Directiva N° 004-2017-GG-PJ, denominada «Procedimiento para la recuperación de horas por la paralización de labores de los días 19 de julio, 16, 17 y 24 de agosto, 06, 07 y 08 de setiembre de 2017, y la huelga del 24 al 31 de octubre de 2017», aprobada mediante la Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 710-2017-GGPJ. Dicha norma establece que deberá considerarse que un día equivale a ocho horas para los horarios típicos, mientras que en el caso del personal que mantiene horarios atípicos, un día equivale a la cantidad de horas dejadas de laborar. 

Por otro lado, se precisa que en el caso de los servidores jurisdiccionales y administrativos que desarrollen funciones de atención al público (como mesa de partes, trámite documentario, entre otros), se extenderá la atención al público incrementándose el horario de lunes a viernes con un mínimo de dos horas y un máximo de tres horas. Se dispone, además, que los días sábado el jefe inmediato superior dispondrá de las actividades de apoyo de carácter jurisdiccional y/o administrativo, siendo el horario de compensación de 8:00 hasta las 16:45, pudiendo ampliarse con mínimo de dos horas y un máximo de tres horas adicionales.
 

Ud. puede descargar esta directiva aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Directiva N°004-2017-GG-PJ by La Ley on Scribd

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