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El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha determinado que el trámite de Devolución de Aranceles y Derechos de Tramitación se realice en forma gratuita; con excepción de la deducción de la comisión cobrada por la entidad financiera.
Así lo ha dispuesto a través de la Resolución Administrativa N° 005-2018-CE-PJ publicada el 19 de enero de 2018 en el diario oficial El Peruano.
En tal sentido, se ha suprimido toda referencia que haga alusión al descuento del 15% de gastos administrativos en la Directiva sobre “Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial”, Directiva N° 010-2013-CE-PJ.
Asimismo, se ha dispuesto que el servicio de Devolución de Aranceles Judiciales y Derechos de Recaudación Judicial de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, sea administrado por la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Tesorería y Subgerencia de Contabilidad, quienes elaborarán la nueva Directiva para dicho trámite.
Cabe agregar que el nuevo TUPA del Poder Judicial, considera la exclusión del procedimiento de devolución de aranceles, al no constituir un trámite que implique para la entidad la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado.
Ud. puede acceder a la resolución aquí o navegar en nuestro archivo Scribd
Res. Adm. N° 005-2018-CEPJ by La Ley on Scribd