Miercoles 15 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Congreso aprueba acusación constitucional contra Pedro Chávarry por encubrimiento real

Congreso aprueba acusación constitucional contra Pedro Chávarry por encubrimiento real

Se publicó la resolución legislativa del Congreso que declara haber lugar a la formación de causa contra el fiscal supremo Pedro Chávarry por el presunto delito de encubrimiento real. No se incluyeron los delitos de organización criminal y encubrimiento personal. Tampoco se le suspendió en el ejercicio de sus funciones.

Por Redacción Laley.pe

viernes 26 de julio 2019

Loading

[Img #25453]

Actualización:

(Viernes 26 de julio)

Se ha publicado en la edición del viernes 26 de julio del diario oficial El Peruano la Resolución Legislativa del Congreso Nº 030-2018-2019-CR por la cual se declara haber lugar a la formación de causa contra el fiscal supremo Pedro Chávarry Vallejos.

Así, en dicha resolución se señala que «El Congreso de la República, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 100 de la Constitución Política y el inciso i) del artículo 89 de su reglamento, ha resuelto: Declarar HABER LUGAR a la formación de causa contra el fiscal supremo PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS, por la presunta comisión del delito de encubrimiento real, previsto en el artículo 405 del Código Penal».

Ud. puede descargar esta resolución legislativa aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

ResLeg-N- 030-2018-2019-CR by La Ley on Scribd

Nota previa: 

(Miércoles 24 de julio)

 

Este miércoles, el Pleno del Congreso aprobó la acusación constitucional contra Pedro Chávarry Vallejos. De esta manera, se declaró haber lugar a la formación de causa contra el exfiscal de la Nación, a fin de que sea investigado por el presunto delito de encubrimiento real (art. 405 del Código Penal).

Esto, debido a su decisión del 31 de diciembre de 2018, en la que dispuso remover a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del Equipo Especial Lava Jato.

De esta manera, el Pleno del Parlamento aprobó el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, con 75 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones.

Como se recuerda, el artículo 405 del Código Penal prevé lo siguiente:

 

Artículo 405°.- ENCUBRIMIENTO REAL

El que dificulta la acción de la justicia procurando la desaparición de las huellas o prueba del delito u ocultando los efectos del mismo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Si el hecho se comete respecto a los delitos previstos en los artículos 152º al 153º A, 200º, 273º al 279º-D, 296º al 298º, 315º, 317º, 318º-A, 325º al 333º; 346º al 350º o en el Decreto Ley Nº 25475 (Establecen la penalidad para los delitos de terrorismo o los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio), la pena privativa de libertad será no menor de siete ni mayor de diez años y de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa.

Igualmente, durante el debate se planteó una cuestión previa para incluir los delitos de organización criminal y encubrimiento personal en la acusación a Chávarry. Asimismo, se solicitó que se reconsidere plantear su destitución e inhabilitación por 10 años debido a una presunta infracción constitucional. 

No obstante, dicho pedido fue rechazado. Esto, por 45 votos en contra, 41 a favor y 6 abstenciones.

Pleno rechazó suspender a Chávarry en el ejercicio de sus funciones

A pedido del congresista Marco Arana (Frente Amplio), se planteó una cuestión de orden para que se suspenda a Chávarry en el ejercicio de sus funciones como fiscal supremo mientras dure la investigación en su contra.

No obstante, sometida a la votación del Pleno, dicho pedido fue rechazado. Solo votaron a favor de esta moción 37 parlamentarios, en contra 42 y se abstuvieron 10.

[Img #25432]

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS