![[Img #27578]](https://laley.pe/upload/images/05_2020/3728_sunarp.png)
Por medio de la Resolución del Superintendente Nacional de Los Registros Públicos N° 055-2020-SUNARP/SN, publicado el 25 de mayo en el diario El Peruano, la SUNARP habilitó la «Mesa de Trámite Documentario Virtual» (o Mesa de Partes Virtual), con el propósito de brindar los servicios de atención a los administrados durante el periodo del estado de emergencia por la COVID-19. Esta herramienta entrará en funcionamiento a partir de este miércoles 27 de mayo.
Para el ingreso y uso de esta plataforma virtual, los usuarios deberán ingresar a la dirección web: ; la que será administrada por el Coordinador de Tramite Documentario y Archivo en coordinación con la Oficina General de Tecnologías de la Información.
Es precisar considerar que mediante la Mesa de Partes Virtual de Sunarp no se recepcionarán documentos para solicitar servicios de publicidad o de inscripción registral y cualquier tema vinculado con el procedimiento registral, cuya tramitación seguirá realizándose ante las oficinas registrales y a través del Sistema de Intermediación Digital, SID-Sunarp.
La Resolución bajo comentario, de la misma manera, aprueba el procedimiento interno para el ingreso, registro, derivación, trámite y atención por la mesa de trámite documentario virtual de la Sunarp y la guía de usuario para el ingreso documental por la mesa de trámite documentario virtual de Sunarp”.
Ud. puede descargar la Resolución aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:
Resolución N° 055-2020-SUN… by La Ley on Scribd