Sábado 18 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Nuevos jornales básicos para los trabajadores de construcción civil

Nuevos jornales básicos para los trabajadores de construcción civil

¿Desde cuándo será vigente el convenio colectivo en construcción civil? ¿A quién es aplicable? ¿De cuánto será el incremento del jornal básico? Conoce las respuestas a estas y más preguntas en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 21 de septiembre 2020

Loading

[Img #28175]

En el marco de la negociación colectiva por rama de actividad, y con sujeción a los convenios internacionales de la OIT y a la legislación nacional, el 14 de setiembre último la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP, firmaron el acta final de negociación colectiva para el período 2020 – 2021, de a cuerdo con lo que ha informado la propia FTCCP en su portal institucional[1].

Los representantes de CAPECO y de la FTCCP resaltaron que desde hace 17 años, ambas instituciones representativas de sus respectivos gremios, han venido solucionando en trato directo los pliegos de reclamos demostrando un alto nivel de dialogo y cordialidad.

Señalaron que este convenio es una muestra de que cuando hay una verdadera apertura de diálogo se puede arribar a buenas y mejores soluciones, con lo cual ganan los trabajadores, el empresariado, el sector construcción, así como el país en general y de esa manera se pueden dedicar a proponer conjuntamente diversas alternativas para mejorar el desarrollo urbano del país.

 

1. Vigencia del convenio
 

La vigencia del convenio es por un año, a partir del 01 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021. Por otro lado, los reintegros serán exigibles cuando el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI publique los índices o porcentajes correspondientes.
 

2. Aplicación
 

El convenio colectivo es de aplicación a todos los trabajadores de construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras públicas o privadas, en mérito de la negociación colectiva por rama de actividad con excepción de las obras de inversión limitada.
 

3. Incremento del jornal básico
 

[Img #28176]

4. Condiciones especiales por la emergencia sanitaria

 

4.1. Facilidades sindicales

 

Se ha acordado que mientras se mantenga la restricción de las actividades presenciales motivada por las medidas de prevención y control del COVID-19 o se mantenga el estado de emergencia sanitaria con motivo del COVID-19, los empleadores facilitarán a los dirigentes sindicales su asistencia a reuniones y actuaciones sindicales de representación bajo las condiciones sanitarias dispuestas por el Gobierno. Para ello, los empleadores facilitarán el uso de medios tecnológicos por parte de los trabajadores, o facilitará el uso de espacios físicos especiales para la comunicación con los representantes del empleador y de los trabajadores de la respectiva obra.

 

4.2. Implementos de aseo

Mientras se mantenga el estado de emergencia sanitaria, como parte de las medidas de prevención y control del Covid-19, los empleadores entregaran quincenalmente:

  • ​Una botella de alcohol gel de 400 ml.
     
  • Un pote pequeño vacío

Para mayor información consulte con Soluciones Laborales 


[1] https://www.ftccperu.com/index.php/noticias-footer/999-convenio-colectivo-por-rama-de-actividad-para-el-sector-construccion-civil-2020-2021

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS