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Aprueban nuevo reglamento para la vigilancia electrónica personal

Aprueban nuevo reglamento para la vigilancia electrónica personal

Ministerio de Justicia aprobó el nuevo reglamento de aplicación de la medida de vigilancia electrónica personal. Con este nuevo reglamento se busca disminuir los niveles de hacinamiento de los centros penitenciarios y favorecer con el proceso de reinserción de las personas procesadas y/o condenadas. Mas detalle del documento aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 23 de octubre 2020

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Hoy 23 de octubre de 2020 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 012-2020-JUS que aprobó el Reglamento de aplicación de la vigilancia electrónica personal, el cual consta de dos títulos, seis capítulos y veintiséis artículos, el cual está anexado al citado decreto supremo.

El presente reglamento tiene por finalidad, según detalla el documento, establecer los principios, lineamientos y procedimientos que permiten aplicar la vigilancia electrónica personal. Asimismo, con esta edida se busca optimizar su «aplicación como alternativa a las medidas de internamiento a fin de favorecer el proceso de reinserción de las personas procesadas y/o condenadas y contribuir con la disminución de los niveles de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios», precisa.

Del mismo modo, el reglamento precisa que el costo de la vigilancia electrónica personal será asumido por el Instituto Nacional Penitenciario; por lo tanto, en un plazo no mayor de quince días hábiles desde la entrada en vigencia del presente reglamento, los usuarios dejarían de responder por el costo de esta medida, ello a fin de garantizar la gratuidad de la medida.

Cabe resaltar que estas modificaciones se dieron en el marco de la Ley N° 31020 que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia penal, procesal penal, penitenciaria y de justicia penal juvenil, con especial énfasis en medidas de coerción procesal, beneficios penitenciarios, conversión de penas, vigilancia electrónica, entre otras figuras jurídicas destinadas a evaluar el egreso de procesados y condenados por delitos menores, a fin de reducir el hacinamiento penitenciario y el riesgo de contagio con COVID-19.

Por otro lado, el reglamento también deroga el Decreto Supremo N° 004-2017-JUS que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1322, mediante el cual se regulaba la vigilancia electrónica personal, delimitándose la implementación del plan piloto y la emisión de un nuevo reglamento que permita fijar lineamientos para su adecuada aplicación.

Esta derogación fue necesaria dada las modificaciones que sufrió el Decreto Legislativo N° 1322, Decreto Legislativo N° 635, Código Penal, Código Procesal Penal y el Decreto Legislativo N° 935, vinculadas a la redefinición de esta institución jurídica desde un aspecto sustantivo, procesal y operativo, con la finalidad de optimizar su aplicación como medida coercitiva personal y de sanción penal.

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Usted puede revisar el Reglamento completo AQUÍ.

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