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Entrevista al Dr. Carlos Pérez Del Valle sobre el homicidio piadoso

Entrevista al Dr. Carlos Pérez Del Valle sobre el homicidio piadoso

¿Cuál es el fundamento para la tipificación del delito de homicidio piadoso? ¿Cómo se terminan procesando los casos de “homicidio piadoso”? Estas y otras preguntas son realizadas a Carlos Pérez Del Valle, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad CEU San Pablo – España, en una entrevista por el abogado Luis Landauri; donde además, se comenta sobre el caso de Ana Estrada.

Por Luis Enrique Landauri Paredes

martes 23 de febrero 2021

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En los últimos meses, en el Perú, ha tomado cierta relevancia la discusión sobre la penalización del “homicidio piadoso”; a raíz del caso de la Sra. Ana Estrada, una mujer de 43 años que desde hace mucho padece una enfermedad degenerativa que ataca los músculos del cuerpo (polimiositis) y, con el patrocinio de la Defensoría del Pueblo, solicita se le habilite la aplicación de la eutanasia (activa) en un momento futuro que ella lo considere.

Como se sabe, el artículo 112 del Código Penal peruano sanciona hasta con 3 años de cárcel a quien “por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores”. En ese sentido, se ha demandado en vía de amparo al Seguro Social de Salud, al Ministerio de Salud, y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a efectos de que se inaplique dicho dispositivo penal. Asimismo, las entidades demandadas le procuren el procedimiento eutanásico en el momento en que ella elija, se designe a los profesionales encargados de ejecutar tal procedimiento; y, además, se regule el procedimiento para las personas que estén en situaciones similares al de la Sra. Estrada.

Dicha demanda se sustenta en el “derecho a morir en condiciones dignas”, la autonomía de la voluntad, el libre desarrollo de la personalidad, y los tratados que proscriben los tratos crueles e inhumanos y las torturas; de modo que sea la demandante quien decida en qué momento dar fin a su vida, cuando ella considere que ha llegado un momento en su vida en que ya no es compatible con su idea de dignidad.

Por ello, nos pareció importante que la demanda y cada uno de los argumentos expuestos en el proceso sean analizados por el prof. Dr. Carlos Pérez Del Valle, catedrático y doctor en Derecho, Doctor Honoris Causa, magistrado en excedencia, anterior letrado del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, profesor de Penal y Procesal Penal, ex-becario y colaborador científico de proyectos de Max Planck Gesellschaft y de Alexander von Humboldt Stiftung en Rheinische Friedrich-Wilhelms-Universität Bonn, ex Rector de la Universitat Abat Oliva CEU y Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad CEU San Pablo (España).


*Luis Enrique Landauri Paredes. Doctorando en Derecho Constitucional. Universitat Abat Oliva CEU

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