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JNJ reduce el puntaje para la selección de nuevos jueces y fiscales

JNJ reduce el puntaje para la selección de nuevos jueces y fiscales

JNJ modificó el puntaje mínimo en exámenes de selección y los cursos de especialización o diplomados que son considerados para selección de nuevos jueces y fiscales. Entérate todos los cambios en el reglamento aquí. [Resolución Nª 524-2021-JNJ]

Por Redacción Laley.pe

martes 31 de agosto 2021

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La Junta Nacional de Justicia (JNJ) decidió modificar el artículo del reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Ascenso que regula el puntaje mínimo aprobatorio para etapas eliminatorias de postulantes a jueces y fiscales.

Además, decidió permitir la calificación de cursos de especialización y diplomados en derecho realizado por colegios de Abogados, organismos públicos e instituciones extranjeras.

Mediante Resolución Nº 524-2021-JNJ, modifican artículo 24 literales a y b; y 34 Rubro I numeral 1.4 del reglamento.

Así, el puntaje mínimo actual que los postulantes necesitaran para las etapas eliminatorias será de 66.66 sobre un máximo de 100 puntos. Lo cual modificó el anterior puntaje mínimo de 70 puntos regulados en el artículo anterior.

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Asimismo, respecto a la evaluación de la formación académica, se señala que los cursos de especialización y diplomados en derecho que se calificarán para la selección podrán ser aquellos otorgados por universidades reconocidas conforme a ley, por la Academia de la Magistratura, colegios de abogados, organismos públicos y los realizados en el extranjero por instituciones análogas.

En el caso de los cursos en el extranjero, se necesitará las certificaciones del consulado peruano del país donde se realizaron dichos estudios y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o, cuando se trate de documentos públicos extranjeros, con la apostilla a que se refiere el Convenio de la Haya del 05 de octubre de 1961.

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De igual forma, aquellos cursos y diplomados tendrán que tener una duración mínima de sesenta (60) horas, nota aprobatoria y una antigüedad no mayor a siete (07) años a la fecha de publicación de la convocatoria.

Por último, precisaron que en el caso de haberse desarrollado simultáneamente más de un curso en el mismo periodo, solo se califica uno de ellos.

Lea y/o descargue la resolución AQUÍ:

 

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