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Dos problemas actuales de la etapa intermedia en el proceso penal

Dos problemas actuales de la etapa intermedia en el proceso penal

Desde la posibilidad de corregir los requerimientos fiscales hasta de solicitar el proceso especial de terminación anticipada. Estos escenarios se presentan durante la etapa intermedia en el proceso penal. Conoce en esta nota un poco de estos temas.

Por Gaceta Penal & Procesal Penal

lunes 22 de noviembre 2021

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La etapa intermedia también es conocida como la de saneamiento previo al juicio, pero también cuenta con la posibilidad de concluir el proceso mediante el sobreseimiento. Ello deriva en la existencia de escenarios problemáticos que han sido analizados por la doctrina. Por este motivo, es importante tomar en consideración cómo es que se viene interpretando dos problemas de esta etapa procesal en la actualidad.

Corrección de los requerimientos fiscales

Un primer tema para atender es la corrección del contenido de los requerimientos fiscales. Esto se presenta cuando en el marco de uno acusatorio o de sobreseimiento, la supuesta solidez fáctica y probatoria cae en la audiencia de control. Lo que produce en la etapa intermedia una dilación que debido a errores en el requerimiento fiscal o a un exceso de formalismo del juez

Es por ello que el magíster en derecho procesal penal por la UDEP, Víctor Bazalar, ha evaluado si el requerimiento de acusación puede ser modificado o corregido, de forma oral o escrita, en la etapa intermedia.

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Sostiene que los defectos de los requerimientos fiscales, al ser variados, en cada caso en concreto deberá evaluarse la forma de corrección. Por lo tanto, sí es posible que sean corregidos de oficio por el fiscal o por orden del juez, sin que implique vulnerar los derechos fundamentales de las partes, pues deberá de tratarse de errores puramente técnicos y con equilibrio entre la eficacia y la celeridad.

Terminación anticipada en la etapa intermedia

Otro tema a debatirse es el referente a los límites temporales para celebrar la terminación anticipada en la etapa intermedia

Con la finalidad de atender este apartado, Roly Gómez, fiscal adjunto provisional de Lima Este, ha considerado que resulta necesario explicar la naturaleza dogmática de la terminación anticipada y las características de la etapa intermedia, y, en tal sentido, sostiene que la primera sí puede celebrarse en esta última fase procesal.

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No obstante, precisa que la terminación anticipada solamente podrá ser celebrada antes de la formulación total (escrita y oral) del requerimiento de acusación fiscal. Por lo tanto, el límite para proceder por esta vía sería es la primera audiencia preliminar de la etapa intermedia donde se expone la acusación.

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