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URGENTE: Plenos jurisdiccionales serán de obligatorio cumplimiento (Ley 31591)

URGENTE: Plenos jurisdiccionales serán de obligatorio cumplimiento (Ley 31591)

Por Redacción Laley.pe

jueves 27 de octubre 2022

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El 26 de octubre del 2022 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley 31591. Entre las modificaciones más relevantes se le otorgó el carácter vinculante a los plenos jurisdiccionales concordados por los jueces de las salas especializadas de la Corte Suprema de Justicia del Perú.

Esta modificación incorpora al artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de manera que los plenos jurisdiccionales supremos, en adelante, tendrán carácter vinculante.

La norma también indica que en caso los jueces decidan apartarse del criterio de la Corte Suprema deberán motivar su resolución. El artículo modificado de la ley orgánica queda regulado de la siguiente manera:

Los integrantes de las Salas Especializadas pueden reunirse en plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales a fin de concordar jurisprudencia de su especialidad, a instancia de los órganos de apoyo del Poder Judicial. Los jueces de las Salas Especializadas de la Corte Suprema pueden reunirse y aprobar, por mayoría absoluta, reglas interpretativas que serán de obligatorio cumplimiento e invocadas por los magistrados de todas las instancias judiciales. En caso de que los magistrados decidan apartarse de dicho criterio, están obligados a motivar su resolución, dejando constancia de las reglas interpretativas que desestiman y de los fundamentos que invocan.

 

Antes de esta modificación, la norma no consideraba el carácter vinculante de estos plenos jurisdiccionales, pues estaba redactada de la siguiente manera:

Los integrantes de las Salas Especializadas pueden reunirse en plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales a fin de concordar jurisprudencia de su especialidad, a instancia de los órganos apoyo del Poder Judicial.

 

¿Qué son los Plenos Jurisdiccionales?

Los plenos jurisdiccionales constituyen un mecanismo institucionalizado en el Poder Judicial, se trata de foros que propician debates para examinar situaciones problemáticas relacionadas al ejercicio de la función jurisdiccional sobre criterios disímiles en la interpretación de la norma ante casos similares.

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