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Publican Ley sobre bonos de reconocimientos de la ONP: consulta aquí quiénes son los beneficiarios

Publican Ley sobre bonos de reconocimientos de la ONP: consulta aquí quiénes son los beneficiarios

Por Redacción Laley.pe

jueves 27 de abril 2023

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Con el objeto actualizar el Bono de Reconocimiento de la ONP se ha modificado el artículo 12 del Decreto Ley 25897, que crea el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, hoy se ha publicado la Ley 31729.

Beneficiarios del Bono de Reconocimiento

Tienen derecho a recibir el Bono de Reconocimiento, por los aportes realizados, los afiliados y exafiliados al Sistema Nacional de Pensiones que se trasladaron o se trasladen de la ONP a la AFP, a partir del 2002 en adelante. El mencionado bono se deposita de oficio en la cuenta individual de capitalización.

Modificación del artículo 12 del Decreto Ley 25897

Además, también se modificó el artículo 12 del Decreto Ley 25897, actual artículo 11 de su Texto Único Ordenado, aprobado mediante Decreto Supremo 054-97-EF, con el siguiente texto:

“Bonos de Reconocimiento. Transferencia. Garantía

Artículo 12. Los Bonos de Reconocimiento pueden ser transferidos por endoso. El endoso del primer titular solo puede hacerse a título oneroso y a cambio de dinero, el que debe ser íntegramente abonado en la cuenta individual de capitalización del primer titular a que se refiere el artículo 19 de la presente ley. Tal transferencia debe ser necesariamente efectuada a través de la AFP en la que está afiliado el trabajador. La AFP está impedida de recibir retribución por dicho servicio.

 

Los Bonos de Reconocimiento no pueden ser dados en garantía por el titular original. Los Bonos de Reconocimiento tienen el valor nominal, actualizado conforme a los índices de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana que publica el INEI o el indicador que lo sustituya. La fecha a partir de la cual pueden efectuarse las transferencias a que se refiere el presente artículo es fijada por decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas”.

Requisitos y condiciones para acceder a este beneficio

Asimismo, la Ley 31729 establece que el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de 12 meses, debe emitir el Bono de Reconocimiento para los trabajadores afiliados a la ONP que opten por incorporarse al Sistema Privado de Pensiones desde 2002 en adelante; en ese sentido, se le faculta a dicho ministerio para establecer los requisitos y condiciones para acceder a este beneficio.

En igual sentido, se le faculta a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para establecer los procedimientos y orientación necesaria con las AFPs, a fin de que los afiliados tomen conocimiento y puedan hacer efectivo su derecho al Bono de Reconocimiento dispuesto por esta ley.

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