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Caso Mamanivideos: abogado buscó incluir resolución del TC que validó indulto de Alberto Fujimori, pero Suprema lo rechazó

Caso Mamanivideos: abogado buscó incluir resolución del TC que validó indulto de Alberto Fujimori, pero Suprema lo rechazó

El indulto a Alberto Fujimori fue materia de pronunciamiento en el caso Mamanivideos, pero para excluir completamente el argumento de abogado que trató de presentar las resoluciones del Tribunal Constitucional sobre el tema.

Por Redacción Laley.pe

martes 9 de enero 2024

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Los Mamanivideos siguen dando de qué hablar. Luego de que la Corte Suprema confirmara la sentencia contra Kenji Fujimori, pero convirtiera su pena de cárcel a pena suspendida (no irá a la cárcel), Laley.pe identificó entre los fundamentos jurídicos, uno sobre el indulto de Alberto Fujimori.

La Corte Suprema, por obvias razones, no analizó ningún tema de fondo con relación al indulto de Fujimori. Solo excluyó el argumento de un abogado que quiso incluir la resolución del Tribunal Constitucional que ordenó la ejecución del indulto para justificar el «cabildeo»: gestión del congresista para convencer a otros congresistas.

Como el indulto fue válido, de acuerdo a la resolución del TC emitida en 2023, entonces sí se justificaron todas las gestiones de congresistas para votar en contra de la vacancia a Pedro Pablo Kuczynski, pretendió argüir el abogado de Guillermo Bocángel, excongresista del grupo de Kenji Fujimori, al presentar estas resoluciones.

Sin embargo, los jueces supremos aclararon que las razones que motivaron la actuación criminal son irrelevantes en materia probatoria, pues lo que debe acreditarse es la acción criminal (el acto) y su reproche. En esa línea, aclaró que Pedro Pablo Kuczynski Godard no estaba comprendido en el proceso por tráfico de influencias.

Además, la finalidad del delito de tráfico de influencias fue la obtención de votos en contra de la segunda vacancia, no el contexto político del primer intento de vacancia.

Así, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema explicó que el indulto al expresidente Alberto Fujimori no es de recibo «y, a lo sumo, deben considerarse un alegato». Los hechos sobre las resoluciones del TC no guardaban relación con el delito analizado.

Segundo. Del mismo modo, la defensa del recurrente BOCÁNGEL WEYDERT presenta la sentencia del Expediente 02010-2020-PHC/TC y los autos concernientes a la ejecución directa e inmediata de la sentencia constitucional con respecto al indulto del expresidente Alberto Fujimori Fujimori, del diecisiete de marzo de dos mil veintidós, del veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés y del cuatro de diciembre de dos mil veintitrés, con el propósito de demostrar que el indulto conferido al mencionado sentenciado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski Godard obedeció a sus atribuciones constitucionales. Sin embargo, el indulto al expresidente Fujimori como justificación del “cabildeo”, como supuesto motivo criminal, es una explicación indiferente en esta incriminación, más allá de pretender satisfacer las conjeturas de exhaustividad, que llegan, incluso, a demostrar las motivaciones psicológicas de determinación criminal, puesto que, según la Fiscalía, en ello se vislumbra el móvil del crimen cometido.

Así pues, las razones que llevan al movimiento corpóreo de la mente criminal, según la visión hegeliana, son irrelevantes en la probática procesal, pues lo que debe acreditarse es la acción criminal y su reprochabilidad; luego, en este caso resulta incluso indiferente, pues el expresidente Pedro Pablo Kuczynski Godard no está comprendido en este proceso; luego, que el indulto sea o no declarado válido o legítimo, para nada cambia lo que en este asunto se concluya ni contribuye a la condena o absolución de los procesados o a su condena civil. Tanto más si el objeto del movimiento criminal en este proceso judicial fue “la segunda posible vacancia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski Godard y la obtención de votos en contra” y no el contexto político del primer intento de vacancia presidencial de Pedro Pablo
Kuczynski Godard, de diciembre de dos mil diecisiete, no siendo los hechos juzgados en el presente proceso; es más, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski Godard no está procesado por los hechos que aquí se juzgan. En consecuencia, los procesos judiciales y las documentales presentadas sobre el indulto al expresidente Alberto Fujimori no son de recibo y, a lo sumo, deben considerarse un alegato.

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