El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley del Servicio Civil, conocida también como Ley Servir. Lo más importante de este fallo (Exp. N° 00025-2013-PI/TC) es que el Colegiado ha reiterado su posición de que resulta contraria a la Constitución una prohibición absoluta de la negociación colectiva de remuneraciones para los trabajadores del Sector Público. De esta manera insiste en su establecido en su resolución recaida en los Expedientes N°s 0003-2013, 0004-2013 y 0023-2013-PI/TC acumulados.
Igualmente, el TC señala que el Congreso de la República, en el marco de sus atribuciones, deberá aprobar la regulación de la negociación colectiva, a partir de la primera legislatura ordinaria del periodo 2016-2017.
Por otro lado, el Colegiado señala que la decisión de no incorporar a Ley del Servicio Civil a los trabajadores del Banco Central de Reserva, del Congreso de la República, de la Sunat, de la SBS y los de la Contraloría General de la República solamente resultaría razonable si se tratase de servidores que desarrollen una carrera que tenga características especiales como las de la Policía Nacional, profesionales de Salud, maestros, miembros de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) o servidores del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
En relación con los trabajadores del Poder Judicial, el TC ha precisado que no resulta inconstitucional su inclusión en un régimen que persigue que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, estableciendo un régimen uniforme para sus servidores.
Puede acceder al texto íntegro de la sentencia aquí.