Se incorporará de manera directa y automática a las mujeres en estado de gestación hasta el periodo del puerperio (periodo que comprende desde el parto hasta el tiempo de recuperación) al Régimen de Financiamiento Subsidiado del Seguro Integral de Salud. Esto siempre que no cuenten con otro seguro de salud.
El mismo beneficio será aplicable para los recién nacidos, desde el nacimiento hasta que cumplan los 28 días de nacido.
Así lo ha dispuesto el Decreto Supremo N° 305-2014-EF, publicado el martes 4 de noviembre en el diario oficial El Peruano.
Asimismo se estableció la incorporación gradual a dicho régimen de seguro de salud a todos los niños y niñas menores de 5 años. En una primera fase, a iniciarse el 1 de enero de 2015, se incorporará a dicho seguro a los menores de tres años. Y, en un segundo tramo, a los menores de 5 años a partir del 1 de enero de 2016.
Se establece que dichos beneficios se financiarán con cargo al presupuesto institucional del Seguro Integral de Salud de los años fiscales respectivos, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Finalmente, la norma precisa que el régimen de gradualidad en la incorporación de los menores al Régimen de Financiamiento Subsidiado del Seguro Integral de Salud no impide su afiliación regular tratándose de los grupos poblacionales integrados en el Sistema de Focalización de Hogares con anterioridad a las fechas indicadas.
Para ello será necesario que se cumplan los siguientes requisitos: a) que se cuente con Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería; b) contar con la clasificación socioeconómica correspondiente para acceder a uno de los regímenes de financiamiento del Seguro Integral de Salud, realizada por la Unidad Central de Focalización (UCF) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y contenida en el Padrón General de Hogares (PGH); y c) no contar con otro seguro de salud.