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Recurso de casación solo permite analizar cuestiones de derecho

Recurso de casación solo permite analizar cuestiones de derecho

Al resolver el recurso presentado por Ollanta Humala y Nadine Heredia, la Corte Suprema reiteró que, en sede casatoria, solamente puede analizarse aspectos de derecho, por lo que se requiere que los hechos hayan sido previamente probados por el juzgado y la Sala de Apelaciones. Además, ha establecido que el derecho a la pluralidad de instancia se agota con la decisión de la Sala de Apelaciones. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 22 de diciembre 2017

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En sede casatoria solamente se puede analizar cuestiones de derecho, pues el debate de los aspectos fácticos y jurídicos solamente se puede realizar hasta las Salas de Apelaciones.

Este fue el criterio asumido por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema en el auto de calificación recaído en la Casación N° 1116-2017-Lima. Allí, sostuvo que la finalidad del recurso de casación radica en la necesidad de brindar una correcta aplicación e interpretación de la ley, y no en constituir una segunda oportunidad de apelación destinada a discrepar con el análisis y valoración realizados en segunda instancia.

Esta decisión derivó del recurso de casación interpuesto por la ex pareja presidencial, en el marco de la investigación que se les sigue por el delito de lavado de activos. Como se recuerda, en dicho proceso el Ministerio Público solicitó al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional la imposición de la medida de prisión preventiva contra Ollanta Humala y Nadine Heredia.

Luego de realizado el debate oral, el juez de investigación preparatoria decidió conceder la medida y declarar fundada la prisión preventiva solicitada por la fiscalía. Esta decisión fue apelada por la defensa técnica de la pareja Humala Heredia. Sin embargo, la Sala Penal de Apelaciones Nacional rechazó la apelación y declaró fundada el auto de prisión preventiva.

Frente a esta decisión nuevamente adversa, se interpuso un recurso de casación argumentando tres criterios: desarrollo de doctrina jurisprudencial, inobservancia de garantías constitucionales y falta de logicidad en la motivación. Este pedido se circunscribió a establecer líneas interpretativas respecto al peligro procesal y a la revocación de la comparecencia restringida por prisión preventiva. El recurso fue concedido por la Sala Penal de Apelaciones Nacional.

La casación llegó a la Corte Suprema y fue revisado por la Primera Sala Penal Transitoria. No obstante, el órgano jurisdiccional consideró que los argumentos expuestos en el recurso interpuesto por la ex pareja presidencial solamente contenían un recuento de lo ocurrido durante la investigación y cómo se efectuó el incremento del peligro de fuga. Es decir, la Corte consideró que la argumentación del recurso de casación versó sobre aspectos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley, cuando la naturaleza de la casación exige justificar un genuino interés casacional, mediante el cual se busque la unidad en la interpretación y aplicación de la ley.

Por estos motivos, declararon nulo el auto concesorio de recurso de casación y los declararon inadmisibles.

Ud. puede acceder a la casación aquí o navegar en nuestro archivo Scribd

Cas. N° 1116-2017 by La Ley on Scribd

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