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Obligar a una persona a hacer retiros bancarios constituye extorsión

Obligar a una persona a hacer retiros bancarios constituye extorsión

Corte Suprema precisa que para la configuración del delito de extorsión es necesario que el autor obligue a la víctima a darle una ventaja económica, mientras que para el robo el autor debe sustraer el bien del lugar de donde se encuentre.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 27 de noviembre 2013

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Las amenazas inferidas a una persona para que retire dinero a través de un cajero automático son un medio mediante el cual el autor busca “obligar a otro” a realizar un acto contrario a su voluntad a fin de obtener una ventaja económica.  Por tal motivo, el autor de este delito debe responder por el delito de extorsión y no por robo.
Así lo ha precisado la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema en la Casación N° 145-2010-Lambayeque.
Al respecto, la Sala Suprema ha establecido que en el delito de extorsión el autor obliga a la víctima a hacerle entrega de una ventaja económica mediante violencia o amenaza. En cambio, el delito de robo se consuma con el apoderamiento ilegítimo del bien mediante actos de sustracción del lugar donde se encuentra, para lo cual se utiliza violencia o amenaza para doblegar la capacidad de defenderse de la víctima.
La importancia de esta precisión radica en la diferencia de las penas previstas para cada delito. Por ejemplo, el robo simple, penado con privación de libertad no menor de tres ni mayor a ocho años, presenta un gran contraste con los no menos de diez ni más de quince años de pena prevista para la extorsión simple.
Asimismo, la diferencia se acentúa incluso más entre el robo agravado y la extorsión agravada: mientras que el primero prevé una pena no menos de veinte ni mayor a treinta años, el segundo regula una pena privativa de libertad no menor de treinta años. 

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