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Mayoría de ministerios incumplen Ley de Acceso a la Información Pública

Mayoría de ministerios incumplen Ley de Acceso a la Información Pública

El Informe da cuenta, a diez años de la vigencia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de las numerosas quejas ciudadanas sobre las vulneraciones al derecho de acceso a la información pública. Destacan, de un total de más de seis mil, las referidas al plazo de entrega (60%) y a los cobros ilegales o arbitrarios (60%).

Por Redacción Laley.pe

viernes 6 de diciembre 2013

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Según el informe, que analiza el periodo comprendido entre 2003 y 2013 y ha sido aprobado mediante la Resolución Defensorial N° 024-2013/DP, la principal causa de la falta de efectividad al atender los pedidos de información radica en la ausencia de condiciones mínimas entre los funcionarios encargados de cumplir ese derecho. 
Esa falta de condiciones se concretan, especialmente, al analizar los mecanismos de clasificación de la información que existen en los ministerios. O mejor dicho, que no existen. En ese sentido, el informe arroja una cifra contundente: 12 de los 19 de los ministerios no cuentan con ese tipo de mecanismos. Es lo mismo que decir que el 63% no saben cómo manejar la información que manejan. 
Otras condiciones que afectan a la implementación correcta de la ley, al menos con respecto a los funcionarios encargados, giran en torno a la falta de estabilidad laboral (47% trabajan en régimen CAS), a la ausencia de dedicación exclusiva a esa labor (89%), y al hecho de que no están capacitados (37%). Los que sí lo están, en cualquier caso, tampoco están correctamente, pues suelen desconocer el régimen de excepciones de la ley. Por último, el informe recoge que en todos los casos no ha existido sanción alguna en contra de los funcionarios que incumplen la ley (100% de los casos). 
Peor en Hábeas Data 
La Defensoría del Pueblo también se ha encargado de revisar las sentencias producidas en procesos de Hábeas Data. Como mecanismo fundamental de tutela judicial del derecho de acceso a la información pública, las cifras que ofrecen esa revisión tampoco son nada alentadoras. 
De las 841 sentencias analizadas, el 67% del total son por procesos en los que se vulneró el derecho de acceso (conocido como hábeas data impuro). De ese porcentaje, siete de cada diez hábeas data se encontraban bajo el ámbito de protección del derecho. Es decir, el 75% de los casos la información tenía que haber sido entregada. Sólo en un 2% la entrega no correspondía, por estar recogida en las excepciones de la ley. 
Entre los argumentos más utilizados por los funcionarios para negar la información, el silencio es el más utilizado. El 37% de las respuestas son, por tanto, una falta de respuesta. Le sigue, con un 24%, el argumento de que la no posesión o inexistencia de la información. Un 11% apelan al régimen de excepción, y un 10% responden que los requisitos del pedido de información no se cumplen. 
En cuanto a la duración de los procesos, el Informe precisa que estos se demoran entre seis y doce meses en los juzgados (6-12 meses), un periodo entre doce y dieciocho meses en las salas superiores (12-18 meses), y de uno a tres años si el proceso lo ve el Tribunal Constitucional. 
¿Década perdida? 
Llama la atención que, en la introducción del informe, la Defensoría haga referencia a otro que realizara, sobre la misma ley, al respecto de sus dos años de implementación. Aquel informe, 2003-2004, reportaba que el 55,43% de las quejas recibidas se referían al incumplimiento del plazo. Diez años después, ese porcentaje ha subido al 60%. 
También advertía sobre “la falta de designación de funcionarios responsables de atender los pedidos de información pública, así como el nombramiento de personas que no estaban en posibilidades de desempeñar cabalmente las funciones que demanda el cargo”. 
Asimismo, el informe evidenció “limitaciones al derecho de acceso a la información pública por parte de las entidades públicas derivados del cobro de costos ilegales, la incorrecta interpretación y aplicación del régimen de excepciones, así como la exigencia de requisitos no previstos por la Ley N° 27806”. 
Vistos los resultados actuales, parece que la serie de medidas que se han tomado a lo largo de estos diez años, con el propósito de mejorar la implementación de la ley, han tenido poca eficacia. 
La Defensoría recomienda, como conclusión, la creación de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso Público, entidad autónoma y especializada que se encargue de analizar con rigor técnico los pedidos de información no atendido y pueda sancionar a los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones. Con tal propósito, presentó en noviembre de 2012 un anteproyecto de ley, que hoy revisa la Comisión de Gobierno Abierto.

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