El decreto supremo, publicado hoy en Normas Legales de El Peruano (N° 330-2013-EF), establece los montos establecidos por la norma refrendada por el titular del MEF, Luis Castilla, y el presidente Ollanta Humala. Son los siguientes: S/. 18 573, 77 para un Fiscal Superior Titular y Fiscal Adjunto Supremo Titular; S/. 14 394. 66 para un Fiscal provincial titular y fiscal Adjunto Superior Titular; y S/. 9 286, 88 para un fiscal adjunto Provincial Titular.
El mismo decreto supremo señala, además, que el Ministerio Público deberá adecuar sus documentos de gestión a esta nueva estructura de haberes aprobada.
Es necesario recordar que, según el artículo 158 de la Constitución, los fiscales tienen los mismos derechos y prerrogativas que los miembros del PJ. Además, están sujetos a las mismas obligaciones.
En este sentido, en base a la modificación de la Ley Orgánica del PJ, los sueldos de los jueces se incrementan, de manera progresiva en tres tramos, aumentando también la bonificación jurisdiccional y el gasto operativo por función judicial.