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Sujeto se acogió a conclusión anticipada y le redujeron pena a 10 años

Sujeto se acogió a conclusión anticipada y le redujeron pena a 10 años

La pena por el delito de robo agravado es de 12 a 17 años de prisión, pero gracias a este acogimiento la sanción fue menor. El juez señaló que esta medida es desconocida por muchos abogados.

Por Redacción Laley.pe

martes 25 de febrero 2014

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(Foto: referencial)

El Poder Judicial condenó a Jorge Luis Ventura Tapia o Jorge Luis Ventura Aranda a 10 años y dos meses de pena privativa de libertad por el delito de robo agravado, luego de que el acusado se acogiera a la conclusión anticipada. 

La sentencia fue dictada en el penal de Cambio Puente por el Juzgado Penal Colegiado de Chimbote, el cual está conformado por los magistrados Alejandro Mena Quispe, Daniel Abanto Mantilla y Walter Isidoro Vargas Ruiz. 
El magistrado Vargas Ruiz destacó la importancia de esta medida de simplificación procesal, pero admitió que es desconocida por muchos abogados. «No se aplica en la generalidad y es una lástima porque es un proceso premial que reduce en una sétima parte la pena», explicó. 
Cabe precisar que la pena por robo agravado es de 12 a 17 años, pero con la conclusión anticipada la condena fue menor y se  evitó todo el trámite normal que implicaría un juicio oral. Con este acogimiento, ganan todos los actores del proceso penal: el acusado, el abogado, el juez y el fiscal, pues el proceso concluye antes de lo previsto. 

Lea aquí la sentencia.

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