Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

“El gran reto es terminar de implementar el Código Procesal Penal”

“El gran reto es terminar de implementar el Código Procesal Penal”

Continuando con los balances del 2013, el abogado experto en Derecho Penal, Carlos Caro Coria, analiza qué es lo más importante que se hizo en este año, en ese ámbito. También lo que no se hizo. El reto más grande para el 2014, asegura, es la implementación del Código Procesal Penal en todos los distritos judiciales.

Por Redacción Laley.pe

lunes 30 de diciembre 2013

Loading

[swf object]
Para el abogado, ha sido un año ambivalente en materia penal. Lo positivo, rescata, son los avances en la justicia ambiental con la creación de juzgados especializados en el norte del Perú para fortalecer la lucha contra la minería ilegal.
Lo negativo, sin embargo, ha recaído en la legislación sobre la criminalidad organizada. Caro consideró que los congresistas han cometido un error al legislar solo “variando un poco el estatuto procesal penal” o agravando las penas. “Es absolutamente muda en materia de prevención. El problema central no tiene que ver con reformas en materia penal, procesal ni penitenciaria”, señaló a laley.pe.
Lo hecho
En materia de leyes y modificaciones, para Caro, este 2013 trajo dos leyes principales: la Ley contra el Crimen Organizado y la Ley de Delitos Informáticos.
Caro reconoce que la primera norma, promulgada en agosto, es una importante reforma debido a que por primera vez se cuenta en el Perú con una ley en materia de criminalidad organizada, convirtiéndose en la “gran novedad del año”. Rescata el endurecimiento del sistema legal, así como las posibilidades que tienen ahora los jueces para determinar las penas. Pese a esto, remarca que hubo errores en su construcción.
Precisamente, el 19 de agosto se publicó la Ley N° 30077 contra el Crimen Organizado, que modifica trece artículos del Código Penal (CP) e incorpora el 105-A, sobre los criterios para la determinación de las consecuencias aplicables a las personas jurídicas.
En materia procesal penal, el cambio normativo más importante es el que modifica del Código Procesal Penal (CPP) de 2004, el artículo 471 relacionado a la reducción adicional acumulable. Se elimina la reducción de pena cuando el procesado se le impute la condición de integrante de una organización criminal, esté vinculado o actúe por encargo. 
Es en este mes el Congreso también modifica el CP, el CPP, el Código de Ejecución Penal y el Código de Niños y Adolescentes con la finalidad de combatir la inseguridad ciudadana. Crea registros y protocolos con el mismo propósito.
Entre las principales modificaciones destaca el nuevo sistema de tercios para individualizar la pena. Para esto deberá tenerse en cuenta la concurrencia o no de determinadas circunstancias. De igual manera, resalta el completo cambio al artículo 46 del CP, que divide las circunstancias en dos grupos: de atenuación y agravación. 
Por otro lado, sobre la segunda, la Ley de Delitos Informáticos, el penalista también resalta que sea la primera vez que se reconoce cuál es al ámbito criminalístico de las intervenciones a través de medios telemáticos. No obstante, considera que tiene deficiencias.
Una de ellas, indica, es que algunos de los aspectos de esta ley son “lesivos” a la libertad de expresión y de información. “Es importante establecer límites muy claros para que los derechos fundamentales estén garantizados dentro de la legislación y no exista espacio para la arbitrariedad judicial como ocurre en Venezuela y Ecuador”, precisó. 
Dentro de las incorporaciones que destacaron de la Ley N° 30096 de Delitos Informáticos, publicada el 22 de octubre, está el sistema normativo penal de nuevos delitos. Estos son: las proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos (grooming); la suplantación de identidad; así como el abuso de mecanismos y dispositivos informáticos. 
Lo que queda por hacer
Terminar la implementación del Código Procesal Penal en todo el país es uno de los principales retos para el 2014 –en materia penal– que implica aspectos legislativos, según Caro. 
“Un ciudadano en Lima está en una situación de menor protección procesal frente a un ciudadano en Trujillo, por lo que, objetivamente, se está produciendo un caso de discriminación de igualdad ante la ley. Por eso el calendario de aplicación del Código Procesal Penal no puede postergarse más”, remarcó.
La modificación a la N° 30096 está pendiente, recuerda Caro. Cabe mencionar que el Congreso ya ha presentado proyectos de ley para cambiar esta norma. El parlamentario Juan Carlos Eguren, es quien ha expuesto esta iniciativa, en la que busca adecuar algunos de los artículos de la Ley de Delitos Informáticos a lo dispuestos por la Convención sobre Cibercrimen de Budapest. De esta forma, pretender corregir los errores. 
Asimismo, otro reto a considerar para el año que viene es la aprobación de la Ley de Delitos Internacionales. Caro recordó que se ha ido postergando, desde años atrás, la aprobación de esta reforma legislativa que va a «perfeccionar» la tipificación de delitos como genocidio, la desaparición forzada de personas y las ejecuciones extrajudiciales. «Esperemos que este año, cuando ya se tiene un proyecto consensuado a nivel de la Comisión de Justicia, el Gobierno tenga la voluntad política de aprobarla», concluyó.
*Bonus
-En junio, la Ley N° 30030 incorporó el artículo 46-D al CP con el objetivo de agravar las penas para quienes usan a menores de edad o personas que, por anomalía psíquica, sufran alteraciones de la percepción de la realidad, para cometer delitos. 
-A final de ese mes, se incorporó el artículo 108-A a través de la Ley N° 30054, que trata un tipo de homicidio calificado por la condición del agente, que podrán ser miembros de la PNP, de las FF.AA, un magistrado del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional o cualquier autoridad elegida por mandato popular.
-En julio, con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio, se incorporó el artículo 108-B al CP a través de la Ley N° 30068. Se tipifica este tipo penal de parricidio de manera independiente. Establece la pena privativa de libertad no menor de 25 años.
-Para cerrar el año 2013 se publicaron dos leyes relacionadas a los funcionarios públicos. Una, en noviembre, que incorpora la pena de multa por los delitos cometidos. Y la otra, que entró en vigencia el 14 de diciembre, que modifica el artículo 425 del CP, que establece que todo el que mantenga actividad empresarial del Estado o sociedades de economía mixta –como Petroperú–, es considerado como funcionarios al servicio del Estado. 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS