Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

‘Cornejoleaks’: ¿Es ilegal la gestión de intereses en la Administración Pública?

‘Cornejoleaks’: ¿Es ilegal la gestión de intereses en la Administración Pública?

El contenido de los mails hackeados al ex primer ministro René Cornejo abre un debate sobre la ‘Ley del Lobby’ y la presunta sumisión con la que el Ejecutivo actúa frente a intereses privados. Conozcamos cómo está regulada esta actividad.

Por Ana Bazo Reisman

viernes 15 de agosto 2014

Loading

[Img #5218]

Para René Cornejo, su historia dentro del aparato estatal no terminó con su renuncia a la Presidencia del Consejo de Ministros el pasado julio. Hace una semana, un ‘hacker’ se encargó de filtrar más de tres mil correos electrónicos de la cuenta personal del expremier, y cuyo contenido ya no es secreto para nadie.

Entre la correspondencia electrónica, destacan conversaciones con sus asesores y con miembros del gabinete ministerial, además de comunicaciones sobre medidas tomadas por el Ejecutivo. Sin embargo, los más resaltante son los mensajes reenviados desde las carteras de Energía y Minas, del Ambiente y de Economía en los que figuran remitentes de empresas privadas como la pesquera Exalmar y la petrolera Karoon Gas.

La directora de Exalmar, Cecilia Blume, aclaró a la prensa que su mensaje al ministro de Economía Luis Miguel Castilla, en el que pedía una ampliación para la temporada de pesca de anchoveta – plazo que fue concedido – a favor de la empresa no representa ningún conflicto de intereses.

Pese a los cuestionamientos sobre el hecho, la conformación de ‘lobbies’ está avalada por la Ley Nº 28024, que “regula la gestión de intereses en la Administración Pública”, la misma que está reglamentada por el Decreto Supremo Nº 099 – 2003 – PCM. Sin embargo, existe cierta regulación para poner en práctica esta actividad. Aquí los precisamos.

¿Cómo hacer ‘lobby’?

La actividad de gestión de intereses privados o de terceros corresponde, muchas veces, con el perfil de un profesional en las comunicaciones. Sin embargo, no es una necesidad imperante que un ‘lobbista’ estudie para serlo. Algunas personas se avocan a esta tarea porque poseen un talento innato para comunicar y persuadir a otros sobre la toma de decisiones importantes en razón a inversiones, planeamiento, prórrogas y demás. Para ello, es trascendental conocer qué dice la Ley sobre estas prácticas y cuáles son sus límites.

Para iniciar, se debe entender como acto de gestión a la comunicación oral o escrita, cualquiera sea el medio que utilice, dirigida por el gestor de intereses a un funcionario de la administración pública, con el propósito de influir en una decisión (Art. 2 de la Ley).

De igual forma, se define como decisión pública al proceso mediante el cual la administración pública establece políticas o toma de decisiones de cualquier naturaleza que tengan una significación económica, social o política de carácter individual o colectivo, o que afecten intereses en los diversos sectores de la sociedad. (Art. 4 de la Ley).

Sumados a los correos entre Blume y Castilla, la bandeja de entrada del expremier Cornejo también alberga mensajes entre el ministro de Energía y Minas Eleodoro Mayorga y el responsable de la cartera del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal. En el contenido de esta correspondencia figura la sugerencia de Mayorga sobre eliminar los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) que estipula el Reglamento de Hibrocarburos, permitiendo así que la empresa petrolera Karoon Gas realice extracciones sin este aspecto de intervención del Ejecutivo.

Al ser consultado por la prensa, Mayorga tomó con naturalidad el hecho de que una empresa privada participe en la modificación de las normativas estatales, dado que Karoon Gas fue la que planteó la consulta que luego el Minem retransmitió al Minam.

Sin embargo, la Ley también cuenta con restricciones. Así, desde el artículo 11º, y como lo indica claramente el artículo 12º, podemos advertir que para ejercer actos de esta naturaleza, los gestores profesionales deben inscribirse en el Registro Público de Gestión de Intereses de manera obligatoria ante la Sunarp. 

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS