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Los organizadores de espectáculos deportivos profesionales (como los clubes de fútbol profesionales) deberán contratar ahora el servicio de vigilancia privada, e incluirlo en un plan de protección y seguridad, para complementar la seguridad que brinda la Policía Nacional. Dicho servicio tendrá que ser proporcional y necesario al número probable de asistentes y demás personas que resulten involucradas en la realización de estos eventos.
Así lo ha establecido la Ley N° 30271, publicada el sábado 29 de noviembre en el diario oficial El Peruano, norma que incorporó un párrafo al artículo 5 de la Ley que previene y sanciona la violencia en los espectáculos deportivos.
El texto original del mencionado artículo ya establecía la obligación de presentar un plan de protección y seguridad. Con esta modificación se buscaría cautelar y proteger de mejor manera la vida e integridad de las personas así como el patrimonio público y privado.
Dicho plan de protección debe contar con la aprobación del Indeci y la Policía Nacional y comprende aspectos relativos al número probable de asistentes, capacidad del local, control de acceso al recinto deportivo, seguridad de las instalaciones, sistemas de prevención, de alarma, de detención de incendios, de evacuación, de atención de emergencias médicas y demás requisitos técnicos establecidos.
La regulación entra en vigencia en un contexto de inseguridad en las que el caos y la violencia son características permanentes de casi todo partido de fútbol realizado en los estadios. Los efectivos policiales que se brinda para la seguridad de los partidos no parece ser suficiente, y el vandalismo prevalece sobre todo tipo de esfuerzo por evitarlo.
¿Será dicha medida la solución para evitarlo? Por lo pronto el partido programado entre los equipos de Cristal y Alianza Lima está en suspenso debido al comunicado del Ministerio del Interior de no contar con los efectivos necesarios para brindar seguridad.