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Congreso debate hoy el Proyecto de ‘Unión Solidaria’

Congreso debate hoy el Proyecto de ‘Unión Solidaria’

La iniciativa presentada por la legisladora Martha Chávez es la próxima en discutirse dentro de la Comisión de Justicia del Congreso. A diferencia del proyecto de la unión civil archivado la semana pasada, la propuesta para establecer un régimen de sociedad solidaria plantea que dos personas –sin importar su orientación sexual ni su vinculación afectiva– validen ante notario público un acuerdo voluntario a fin de acceder a ciertos derechos patrimoniales limitados.

Por Ana Bazo Reisman

martes 17 de marzo 2015

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A partir de las 3:00 p.m., la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento continuará la revisión de los proyectos de ley que reconocerían ciertos derechos a las parejas homosexuales. Sin embargo, la propuesta de Unión Solidaria programada en la agenda de debate dista mucho de la Unión Civil, pues se centra únicamente en la “ayuda mutua” con base en ciertas responsabilidades y facultades entre los miembros de la sociedad.

Cabe mencionar que en el mismo predictamen que recoge el proyecto de ‘Unión Solidaria‘, también se encuentran los de  ‘Unión contractual’, impulsado por Martín Belaunde Moreyra; ‘Atención Mutua’, de autoría de Julio Rosas Huaranga  y ‘Asociación Patrimonial Solidaria’ , propuesto por Humberto Lay Sun.

¿Qué dispone el proyecto?

No busca fijar una nueva institución conyugal ni estado civil. La propuesta impulsada por la congresista Martha Chávez solo establece un nuevo régimen para toda sociedad compuesta por dos personas que no necesariamente son homosexuales o forman una pareja.

A efectos de validar esta ‘sociedad solidaria’, los miembros deberán constituirla ante un notario público para luego inscribirla en el Registro Personal de la oficina registral del lugar donde residan los solicitantes.

Finalizado el trámite, quienes acuerdan conformar la sociedad tendrán la obligación de contribuir al sostenimiento del domicilio en común. Las facultades más importantes a las que accederían las personas que integran esta unión son la libertad de inscribir al miembro de la sociedad al Seguro Social de Salud. También tienen derecho a tomar decisiones sobre procedimientos quirúrgicos de emergencia en caso de que uno de los integrantes se encuentre en estado grave de salud.

Por otro lado, los bienes que adquiera cualquiera de los miembros de la sociedad se consideran comunes y son administrados por ambos. No obstante, cada miembro conserva la facultad de disponer libremente sobre los bienes propios.

Además, y pasados cinco años desde que fue inscrita la sociedad, cada miembro tiene derecho a recibir pensión por alimentos.

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