Si bien hasta hoy Francia prohíbe la concepción a través de ‘vientres de alquiler’, la Justicia de ese país ha emitido una jurisprudencia que permitirá que futuros niños nacidos de este procedimiento puedan ser inscritos en el Registro Civil. Esto, luego de que el Tribunal de Grande Instance de Nantes ordenara la inscripción de tres niños de padres franceses nacidos en Nigeria, Estados Unidos y Ucrania mediante este tipo de gestación.
La sentencia es histórica, pues el Código Penal y otras leyes francesas no reconocen la maternidad subrogada bajo ningún término. Es por ello que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ya había condenado a Francia por este mismo caso en una primera ocasión.
Así, atendiendo el criterio de Estrasburgo de privilegiar el interés de los menores así como su derecho a la identidad sobre el interés público, la judicatura falló a favor de los padres y los autorizó a registrar a sus hijos. Además los progenitores deberán recibir una indemnización del Estado por un monto de mil euros.
De momento se especula sobre la posibilidad de que la Fiscalía francesa recurra la sentencia ante la Corte Suprema, instancia de la que solo se conocen fallos en contra de casos similares. No obstante, dicho colegiado deberá considerar que una eventual sentencia anulatoria supondría contradecir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.