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Aprueban proyecto de ley que beneficia a Alberto Fujimori

Aprueban proyecto de ley que beneficia a Alberto Fujimori

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó por mayoría la iniciativa legislativa que propone que sentenciados mayores de 70 años con problemas de salud puedan cumplir su pena a través de vigilancia electrónica.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de diciembre 2018

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La iniciativa legislativa que propone que las personas mayores de 70 años y que hayan sido sentenciadas a prisión, puedan cumplir su pena a través de vigilancia electrónica, fue aprobada este martes en la sesión de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso.

Entre los beneficiados por este nuevo proyecto de ley se encuentra el expresidente Alberto Fujimori. Precisamente, la aprobación de esta nueva propuesta fue gracias a los votos de Fuerza Popular, quienes son mayoría en la referida comisión.

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Vale precisar que, en la sesión de este martes se rechazó el dictamen que recomendaba allanarse a las observaciones que había realizado previamente el Ejecutivo a una autógrafa de ley de similar figura. En su lugar Fuerza Popular presentó el proyecto de ley aprobado recientemente.

Ambos proyectos establecen la “ejecución humanitaria de la pena”, mecanismo por el que se determinará si el “adulto mayor cumple su pena privativa de libertad a través de vigilancia electrónica personal dentro de un radio de acción y desplazamiento circunscrito a la provincia”.

Para poder acogerse a este beneficio, el recluso deberá tener más de 70 años y padecer alguna enfermedad crónica, la cual deberá ser acreditada por una junta médica. Además, se deberá comprobar que las condiciones carcelarias arriesgan la vida del recluso, así como su salud e integridad.

También podrán acogerse a este beneficio, adultos mayores que han sido condenados y padecen trastornos mentales crónicos o irreversibles, También serán considerados los discapacitados físicamente de forma permanente y que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento.

En ambos casos, los solicitantes deberán haber cumplido un tercio de la pena y acreditar una acta de buena conducta emitida por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE)

La diferencia de este nuevo proyecto con el anterior es el relacionado al informe médico, ya que el observado por el Ejecutivo establecía un límite de edad en el que no se requería un informe médico para su aprobación. Además, se agregó también que el pedido será tramitado ante un juez penal de turno, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos y resolver en un máximo de 10 días.

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