El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el uso de la plataforma virtual, sistema de videoconferencias, implementada en el Poder Judicial para la realización de reuniones de trabajo, coordinaciones, trámites y/o gestiones administrativas de los presidentes de cortes superiores, la Oficina de Productividad Judicial, la Gerencia General del Poder Judicial u otra dependencia administrativa de la institución.
Asimismo, se estableció que en los casos que no sea posible el uso de los avances tecnológicos en materia de comunicaciones, se tendrá que autorizar el viaje del presidente de la corte superior y, si es necesario, del administrador o funcionario especialista en el tema materia de reunión.
Así lo dispuso la Resolución Administrativa Nº 016-2019-P-CE-PJ, publicada el viernes 1 de marzo de 2019 en el diario oficial El Peruano.
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Respecto a la autorización del viaje del presidente de la corte superior, se precisó que esta deberá presentarse a la Oficina de Trámite Documentario del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con un mínimo de tres días hábiles de anticipación, precisando los temas que se tratarán.
En los considerandos se expuso que se implementó el uso de la plataforma virtual ante la necesidad de dictar las medidas pertinentes, debido a la presentación de solicitudes de desplazamiento de los presidentes de cortes superiores fuera de su distrito judicial, para realizar gestiones administrativas o participar en reuniones de trabajo. Además, con la finalidad de optimizar el gasto público, ya que la necesidad de desplazamientos implicaba gastos para la institución.
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