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Comisión de Venecia: TC debe resolver si cuestión de confianza es bien empleada

Comisión de Venecia: TC debe resolver si cuestión de confianza es bien empleada

La Comisión de Venecia señaló que la Constitución peruana “no establece ninguna limitación explícita sobre los temas que puedan estar vinculados a una cuestión de confianza». Pero, igualmente, refirió que el poder del Presidente para vincular una cuestión de confianza a las enmiendas constitucionales «es inusual» y, además, «puede alterar el equilibrio de poderes».

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de octubre 2019

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El órgano consultivo del Consejo de Europa en materia constitucional, conocido como Comisión de Venecia, publicó hoy su tan esperada opinión sobre el proyecto de adelanto de elecciones planteado por el presidente Martín Vizcarra.

Así, en sus conclusiones, la Comisión de Venecia refirió que «La Constitución peruana no establece ninguna limitación explícita con respecto a la cuestiones que pueden estar vinculadas a una cuestión de confianza«.

Agregó que «dependerá del Tribunal Constitucional decidir si las propuestas de enmiendas constitucionales pueden estar vinculadas a una cuestión de confianza». No obstante, detalló que «en derecho comparado, vincular las enmiendas constitucionales a una pregunta de confianza es inusual«.

Asimismo, refirió que «Cualquier proceso de enmienda constitucional debe preservar el principio de separación de poderes y la exigencia de controles y equilibrios entre el Presidente y el Congreso».

Sobre este punto, la Comisión señaló que «El poder del Presidente para vincular una cuestión de confianza a las enmiendas constitucionales puede crear un riesgo de ser usado para alterar este equilibrio. La amenaza de disolución después de una segunda votación sobre una cuestión de confianza puede dificultar la resistencia del Congreso a los intentos de alterarla en favor del Presidente».

«En el Perú parecen existir algunas limitaciones sustantivas a las enmiendas constitucionales, como el principio de la separación de poderes o la forma republicana de gobierno, que podría constituir una salvaguardia, pero su alcance no está claramente definido», remarcó.

 

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Del mismo modo, la Comisión de Venecia manifestó que «las reformas constitucionales deben basarse en un amplio consenso y llevarse a cabo con el debido cuidado y deliberación en el Parlamento, de conformidad con las ideas modernas de la democracia […]. Por esta razón, una Constitución suele ser difícil de enmendar para garantizar su relativa permanencia, estabilidad, previsibilidad y continuidad, y los procedimientos de enmienda suelen ser prolongados. Esto contrasta con las mociones de confianza, que deben votarse rápidamente«.

Finalmente, la Comisión detalló que «espera que el Presidente y el Congreso del Perú encuentren un compromiso y soluciones constitucionales adecuadas que aporten estabilidad institucional y ayuden a las autoridades a afrontar los retos que enfrenta la sociedad peruana». 

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Ud. puede descargar la opinión de la Comisión de Venecia aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:
 

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