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Ernesto Blume: “La tesis fiscal olvida los parámetros establecidos para respetar los derechos fundamentales”

Ernesto Blume: “La tesis fiscal olvida los parámetros establecidos para respetar los derechos fundamentales”

El titular del Tribunal Constitucional se mantiene firme en su postura respecto a la excarcelación de Keiko Fujimori. Asegura que la Fiscalía y el Poder Judicial no actuaron con “lógica y racionalidad” al ordenar la prisión preventiva.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 27 de noviembre 2019

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El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, sostiene que no existían elementos que corroboraran que la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, utilizó a su partido político para obstruir la investigación que se le sigue y que, por ello, se dispuso su liberación. “Se está siendo justo [con la resolución a favor de su excarcelación]”, declaró en una entrevista para El Comercio.

Este lunes 25, el pleno del TC declaró fundado el habeas corpus que revoca la prisión preventiva que Keiko Fujimori viene cumpliendo desde el año pasado. Tres magistrados votaron en contra; mientras que cuatro —entre ellos, Ernesto Blume— aprobaron el pedido.

“La tesis fiscal olvida los parámetros establecidos para respetar los derechos fundamentales”, sentenció el ponente del caso en el TC, evidenciando su desacuerdo con el trabajo hecho por el Ministerio Público. Además, aseguró que la tesis de la Fiscalía es “simplemente punitiva a lo que considera conveniente para llegar a fundamentar el pedido que formula”.

Para Blume, la prisión preventiva de Keiko Fujimori “no procedía porque no cumplía con los parámetros y exigencias del artículo 268 del Código Procesal Penal; y el hecho de que hayan intervenido un juez de primera instancia, tres jueces de segunda instancia y seis jueces supremos, no convalida la constitucionalidad de esa medida”.

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El presidente del TC también dijo que “no observamos que haya habido un escrupuloso respeto a la presunción de inocencia, no observamos que haya habido un escrupuloso respeto a la debida motivación de las resoluciones judiciales”. A su parecer, “no existe ningún elemento de convicción corroborado que la vincule [a Keiko Fujimori] directamente con los actos de obstrucción de la justicia”.

Cabe precisar que los magistrados Blume, Sardón de Taboada y Ferrero Costa mantuvieron los puntos de la ponencia original, que concluye que se ha vulnerado no solo la libertad personal, sino también la presunción de la inocencia, el debido proceso, la debida motivación de las resoluciones judiciales y el derecho de defensa de la lideresa de Fuerza Popular. Con su voto singular, Ramos Núñez solo coincidió en la vulneración a la libertad personal.

Finalmente, ante la posibilidad de fuga de la lideresa de Fuerza Popular, Blume dijo que ese “es un tema de la administración de la justicia”. Y enfatizó, una vez más, que “no estamos diciendo que la señora es inocente ni que es culpable. Nosotros no estamos sentenciando a la señora, nosotros estamos diciendo que se violaron sus derechos”.

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