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COVID-19: ¿Cuáles son los nuevos protocolos prevención y control ordenados por el Gobierno?

COVID-19: ¿Cuáles son los nuevos protocolos prevención y control ordenados por el Gobierno?

Ministerio de Salud actualizó los protocolos de bioseguridad para la prevención y control de la COVID-19 en el Perú. Entérate cuáles son los nuevos protocolos en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 5 de noviembre 2021

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El 03 de noviembre, mediante la Resolución Ministerial Nº128-2021-MINSA, el Ministerio de Salud aprobó la Norma Técnica de Salud Nº178-MINSA/DGIESP-2021, en la cual se establecieron las nuevas medidas y los nuevos protocolos de bioseguridad para la prevención y control de la COVID-19.

Los objetivos de dicha norma técnica están dirigidos a establecer las medidas de prevención y control para disminuir el riesgo de transmisión del virus en la comunidad y en los servicios de salud. Asimismo, estandarizar los procedimientos para la atención y seguimiento comunitario de los casos de COVID-19 con enfoque territorial.

Sobre la mascarilla

 

La normativa dispone continuar obligatoriamente con el uso de la doble mascarilla para circular por las vías de uso público y en espacios cerrados o donde no se puede mantener el distanciamiento.

Las mascarillas deberán tener buena capacidad de filtración y ajuste al rostro. Ello será posible con el uso de doble mascarilla, una quirúrgica de tres pliegues y sobre ella una mascarilla comunitaria, o con una mascarilla KN 95.

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Los espacios que compartimos

Se establece también asegurar que los ambientes de trabajo, medios de transporte, restaurantes, entre otros, tengan ventilación adecuada -de preferencia natural- manteniendo las ventanas abiertas. Con respecto al distanciamiento físico, este continúa siendo de más de 1.5 metros de distancia con otras personas.

El dispositivo legal también recomienda mantener la burbuja social con las personas con las que se comparte el lugar de residencia.

En ambientes de trabajo o lugares con riesgo de aglomeración y espacios cerrados, es aconsejable la medición de CO2 para garantizar que se han implementado las medidas adecuadas para el recambio de aire. Asimismo, se continúa con el lavado de manos frecuente con agua y jabón o desinfectarlas con alcohol gel al 70%.

Algunas precisiones

El uso de protectores faciales o gafas es recomendable en espacios cerrados donde hay aglomeración de personas, pero cabe resaltar que no es obligatorio; sin embargo, no reemplaza el uso de mascarilla.

Por otro lado, en la norma se precisa que las medidas de prevención como desinfección de calles o plazas, desinfección de superficies o espacios comunitarios, pediluvios y toma de temperatura o saturación de oxígeno no han demostrado eficacia, por lo que no deberían ser utilizadas por las instituciones públicas o privadas.

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Ámbito de aplicación

La presente norma técnica de salud es de aplicación obligatoria en las instituciones prestadores de servicios de Salud (IPRESS) públicas del Minsa, a través de las direcciones Integrales de Salud (Diris); de los gobiernos regionales, mediante las Direcciones Regionales de Salud y Gerencia Regionales de Salud (Geresa); del Seguro Social de Salud (EsSalud); de las sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía.

Puede leer la norma técnica completa AQUÍ.

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