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Las 3 cosas que debes saber sobre el pase especial de tránsito

Las 3 cosas que debes saber sobre el pase especial de tránsito

[Resolución Ministerial N° 304-2020-IN] Se ha aprobado el Protocolo para la implementación de las medidas que garanticen el ejercicio excepcional del derecho a la libertad de tránsito en el marco del estado de emergencia dispuesto por el brote del Coronavirus. La norma detalla las reglas de obtención y uso del pase especial de tránsito, las cuales se explican en este informe elaborado por el área laboral de Galvez & Dolorier abogados.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 18 de marzo 2020

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Las personas que se encuentren dentro de los supuestos establecidos como personal indispensable para la emergencia, se deben inscribir a través de un Formulario virtual disponible en el portal de la PNP (www.pnp.gob.pe) y en la plataforma (gob.pe/pasedetransito), en el aplicativo “Pase Especial de Tránsito”.

1. Presunción de veracidad 

La información contenida en el Formulario virtual tiene la calidad de declaración jurada, por lo que goza de presunción de veracidad; en tal sentido, la Policía Nacional del Perú generará una notificación de validez, la cual será enviada por medios digitales a la persona solicitante, generando el Pase Especial de Tránsito.

El Pase Especial de Tránsito tiene una vigencia de quince (15) días calendarios, conforme a las opciones de los días de la semana que se hayan solicitado en el aplicativo informático y las personas deberán portar la impresión o la captura de imagen del mencionado documento, además de su Documento de Identidad.

Falsificar el documento o no estar incluido en las excepciones implicaría detención temporal y una denuncia. 

2. Verificación de la PNP

Al momento de la intervención, el personal policial, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, verifica la información contenida en el Pase Especial de Tránsito solicitando la exhibición del Documento Nacional de Identidad, Carnet de Extranjería u otro Documento de Identidad

Las personas que cuenten con el Pase Especial de Tránsito, ante el requerimiento del personal policial y/o del personal militar, deben identificarse con el fotochek otorgado por la entidad pública o privada prestadora de los servicios públicos, bienes y servicios esenciales

3. Ruta de tránsito

Además, mediante Comunicado Nº 001- 2020, el Ministerio del Interior señaló que el Pase Especial de Tránsito considerará una ruta específica del portador desde su domicilio hasta su centro de labores. De encontrarse transitando en una zona distinta a esta ruta, será intervenido por la Policía Nacional y la Fuerza Armada.

Nota: Esta información fue elaborada por el área laboral de Galvez & Dolorier abogados.

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