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Corte de Lima: Aprueban Protocolo para el retorno laboral al concluirse el estado de emergencia

Corte de Lima: Aprueban Protocolo para el retorno laboral al concluirse el estado de emergencia

La Corte Superior de Lima ha aprobado el Protocolo para el retorno laboral de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, a aplicarse una vez concluido el estado de emergencia. Estos son los trabajadores que deberán retornar al centro de labores y los 3 controles que se realizarán para su ingreso.

Por Redacción Laley.pe

martes 16 de junio 2020

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La Corte Superior de Justicia de Lima, mediante la Resolución Administrativa N° 000198-2020-P-CSJLI-PJ, publicada el 16 de junio en El Peruano, ha dispuesto la aprobación del «Protocolo actualizado de bioseguridad para el retorno laboral de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima en el marco de la conclusión del estado de emergencia nacional por la pandemia COVID-19″ (Lineamiento N° 003-2020).

En este se adoptado medidas de prevención, control y supervisión de ls COVID-19 dentro de la sede judicial, a fin de evitar el contagio de los magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, así como del público que ingresará a la institución. 

Ahora bien, solo retornarán al centro de labores los magistrados y trabajadores que no sean considerados como personas en riesgo, según el padrón elaborado por el Área de Bienestar Social. No obstante, aquellos que se encuentren incursos en un factor de riesgo podrán ingresar siempre que estén expresamente autorizados. 

Los casos sospechos que no hayan descartado el diagnósitico positivo de la COVID-19 o se encuentren contagiados, no podrán ingresar a la institución, de lo contrario, se les aperturará proceso disciplinario funcional, laboral y/o penal. 

Para el ingreso de los jueces y trabajadores se realizarán 3 controles:

  • Primer control: El personal de Seguridad tomará la temperatura corporal de cada persona con un termómetro infrarrojo. Solo ingresarán aquellos que no presenten temperatura personal equivalente o superior a 37.3° C. En caso de detectarse a un magistrado o trabajador que registre una temperatura superior a la antedicha o los signos de alarma para COVID-19, el personal del servicio de salud, el personal encargado del tópico o el personal de administración o del Área de Bienestar Social, según el caso, iniciará el protocolo de casos sospechosos, y refiriéndolo a un centro de salud.
  • Segundo control: Se procederá a la desinfección del calzado, con una solución de lejía y agua o cloro y agua, que estará en una bandeja en la entrada de la sede.
  • Tercer control: se procederá a la desinfección de manos con alcohol en gel.

Luego de ingresar y pasar los controles no podrán egresar de la sede, bajo responsabilidad, y se dirigirán directamente a su ubicación laboral, evitando desplazamientos internos a otras áreas. Además, el registro de asistencia no se hará a través del huellero digital, sino mediante el aplicativo informático que se implemente o, en defecto, mediante el registro escrito en el respectivo órgano jurisdiccional o administrativo. 

Ud. puede leer el Protocolo de Bioseguridad de la Corte Superior de Lima en nuestro archivo Scribd: 

Protocolo de Bioseguridad C… by La Ley on Scribd

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