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Medidas para los comicios del 2021 protegerán la salud pero no promueven el derecho al voto

Medidas para los comicios del 2021 protegerán la salud pero no promueven el derecho al voto

Promulgan Ley que establece medidas transitorias en la legislación electoral para las elecciones del 2021. Las nuevas medidas responden al contexto actual de Emergencia Sanitaria a causa de la COVID-19.

Por Por Roy Irribarren

martes 25 de agosto 2020

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Ley emitida por el Congreso crea régimen excepcional para ser aplicado durante las elecciones generales que se celebrarán el 11 de abril del 2021. Este régimen establece mecanismos para la prevención del contagio de la COVID-19 durante todo el desarrollo del proceso electoral. Sin embargo, no promueve correctamente el ejercicio del derecho al sufragio de los ciudadanos en el contexto de la Pandemia.

Así lo dispuso la Ley N° 31038 publicada el sábado 22 de agosto de 2020 en el diario oficial El Peruano. Esta Ley incorpora disposiciones transitorias tanto a la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) como a la Ley de Organizaciones Políticas (LOP). Asimismo, el texto emitido, otorga facultades a los organismos electorales para la reglamentación necesaria antes de su aplicación.

Entre los novedosos mecanismos que buscan salvaguardar el derecho a la salud de los ciudadanos durante los comicios del 2021 se encuentra la realización de capacitaciones virtuales a los futuros miembros de mesa y personeros políticos de cada partido inscrito; así como la inscripción virtual de las listas postulantes.

Si bien, los mecanismos establecidos para salvaguardar la salud pública durante las elecciones en un contexto de Pandemia son medidas novedosas y progresivas.Llama la atención que la presente Ley no establezca mecanismos alternos para que la población de “alto riesgo por la COVID-19” pueda ejercer su derecho al voto sin perjudicar su salud.

Esto debido a que la, recientemente incorporada, Sexta Disposición Transitoria de la LOE dispone que las personas en grupos de riesgo para COVID-19 quedan exentos de pagar multa por la inasistencia en sufragar; pero no menciona mayores alternativas en caso estas personas decidan, en ejercicio de sus derechos constitucionales, sufragar y ser parte de los próximos comicios sin poner en riesgo su salud.

Todo ello deja la suspicacia de encontrarnos en un futuro contexto en el cual poblaciones de adultos mayores u otra población que se encuentre en riesgo por la COVID-19 disponga de su derecho al sufragio con el fin de salvaguardar su salud y no correr riesgo de ser infectado. Este resultado podría afectar a la representatividad, sabiendo que la población de riesgo en el Perú es alta. En ese sentido, se debería implementar o adicionar mecanismos que permitan a esta población ejercer su derecho a voto de la mano de mecanismos que respalden la salud general y la protección contra la COVID-19.

Por otro lado, un desafío que encontraría esta Ley en su aplicación radicaría en el gran despliegue organizativo que deberán coincidir el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de identificación y Estado Civil (RENIEC). Esto con el fin de la verificación y cruce de datos para la realización de los padrones electorales.

Como se conoce, hasta la fecha, la ONPE y la RENIEC se encuentran dirigidos por jefes interinos, quienes ya debieron haber entregado el cargo; pero, debido a que la elección de sus reemplazos se encuentra en trámite por la Junta Nacional de Justicia, este proceso no ha podido concluirse manteniendo las condiciones de los dos entes mencionados en suspenso. Todo ello podría ocasionar problemas en cuanto a los preparativos del proceso electoral, ya que el cambio de mando en la RENIEC y la ONPE se daría a puertas de las elecciones.

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OTRAS MODIFICACIONES REALIZADAS A LA LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES (LOE)

Las modificaciones realizadas a la LOE para las elecciones del 2021 se recogen mediante siete disposiciones transitorias. Entre las cuales destacan la ampliación del horario de funcionamiento de las mesas de sufragio, las cuales ahora serán de 7:00 am hasta las 7:00 pm y no terminarán a las 4:00 pm como solía ocurrir en comicios pasadas. Asimismo, estas mesas de sufragio tendrán la posibilidad de estar conformadas por electores con domicilios que no se encuentren en el mismo distrito del lugar de votación, esto con la condición que forme parte del mismo distrito electoral.

Otro cambio considerable en la LOE es el aumento de los días previos para solicitar la licencia de los trabajadores y funcionarios públicos en caso de presentarse como candidatos. Anteriormente, la licencia sin goce de haber debía solicitarse con 60 días de anticipación. Finalmente, cabe resaltar que las mesas de sufragio disminuirán en número a fin de respetar los Protocolos Sanitarios del Ministerio de Salud.

MODIFICACIONES REALIZADAS A LA LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS (LOP)

Asimismo, para los comicios del próximo 11 de abril, el nuevo régimen provisional de elecciones durante la Pandemia realizó cuatro modificaciones transitorias a la LOP. Entre los cambios se establecen, en primer lugar, que las elecciones internas de los partidos inscritos serán organizadas por la ONPE; sin embargo, la organización política conservará la potestad para determinar los requisitos, modalidad y entre otras disposiciones en sus elecciones.

Ahora, respecto a la participación electoral de las organizaciones políticas, ya no se exigirá que estas cuenten con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE para la fecha de la convocatoria, sino como máximo a la fecha de inicio del plazo de inscripción de candidaturas. Del mismo modo, las organizaciones políticas que cuenten con sus directivos no vigentes, deberán realizar dichas elecciones antes del 31 de octubre del 2020, caso contrario el mandato de sus directivos se configurará como prorrogado.

Finalmente, se establece también que, en el próximo mes, el JNE tendrá que crear un Portal Electoral Digital, en esta se realizarán afiliaciones y renuncias a organizaciones políticas de manera virtual. El portal digital también permitirá presentar los requisitos de inscripción y la elección de dirigentes.

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