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Martha Chávez: ¿Constituiría delito de discriminación las declaraciones vertidas contra expremier Zeballos?

Martha Chávez: ¿Constituiría delito de discriminación las declaraciones vertidas contra expremier Zeballos?

Pese a las disculpas realizadas por la congresista Martha Chávez, el presidente de la comisión de Ética afirmó que iniciarán una investigación contra la parlamentaria. ¿Estamos frente a un delito por discriminación? ¿Qué sucedería con su inmunidad parlamentaria de aprobarse la denuncia? Dos especialistas en materia penal nos explican el caso.

Por Por Roy Irribarren

miércoles 2 de septiembre 2020

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El presidente de la Comisión de Ética, César Gonzalo, afirmó que su grupo de trabajo abrirá una investigación de oficio contra la congresista Martha Chávez por haber propiciado expresiones racistas contra el expresidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, quien recientemente fue designado como representante permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA). La moción sería presentada en la próxima sesión de la comisión. Sin embargo, la vicepresidenta de la Comisión de Ética, Mirtha Vásquez, señaló que la comisión se encuentra con una amplia carga de casos, por lo cual, esta investigación tendrá que esperar su turno en la larga cola de pendientes.

Los hechos que se le imputan a la fujimorista sucedieron durante la sesión de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, en el cual cuestionó la designación de Vicente Zeballos como representante de la OEA y sugirió que, en contrario, debió ser referido como embajador en Bolivia, “porque como moqueguano y como persona de rasgos así, andinos, es una persona que debería conocer mejor y llevarse mejor con la población mayoritariamente andina o mestiza de Bolivia”, afirmó Martha Chávez.

Por su parte, el partido Fuerza Popular decidió pronunciarse respecto a las declaraciones de la congresista Chávez. “Independientemente de nuestra discrepancia con la designación del Sr. Zeballos, Fuerza Popular no comparte las expresiones de la congresista Martha Chávez que están siendo interpretadas como racistas o discriminatorias. Esperamos que ella pueda explicar sus declaraciones (…)”, indica el pronunciamiento del partido fujimorista vía Twitter.

Asimismo, el presidente de la República Martín Vizcarra mostró su rechazo a las expresiones vertidas por la congresista del partido naranja en su afán de cuestionar la designación de Zeballos. “Más la crítica viene por otro lado y eso es peligroso. Más que eso, es vergonzoso”, expresó el presidente durante la conferencia de prensa del día de ayer.

Todo ello, llevó a la congresista del partido naranja, el día de ayer, a manifestar su decisión de disculparse a fin de evitar que la comisión a la cual pertenece sea «víctima de una persecución» por parte del Gobierno. En ese sentido, afirmó retirar sus palabras “si es que alguien se ha sentido ofendido” y no prestarse a una «campaña maliciosa» en su contra.

Denuncia penal contra Martha Chávez

Por otro lado, la congresista de Fuerza Popular, Martha Chávez enfrentaría una denuncia en la cual se le imputa haber propiciado declaraciones con presunta carga racista contra el expresidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos. La denuncia fue interpuesta por el abogado Edison Tito Peralta, parte que ya fue ingresada al Ministerio Público en la 52° Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima. En ella se detalla que la parlamentaria habría cometido actos de racismo contra las personas andinas y en específico contra el expremier.

«La conducta realizada por la congresista Martha Chávez encaja en el delito penal, y más aún debemos tener en cuenta que en el actual contexto peruano, respecto a este tipo de actuaciones, suele ser normalizado o invisibilizado, razón por la cual es importante salir de esa normalidad», precisó Sergio Rodríguez, especialista en Derecho Penal. Cabe resaltar que el Código Penal regula la figura del delito de discriminación en su artículo 323°, la cual sanciona con una pena base entre 2 a 3 años de cárcel o con una prestación de servicios a la comunidad.

Del mismo modo, si no remitimos a las declaraciones de la congresista estamos viendo una asignación de lugar al expremier Zeballos en base a sus rasgos u origen étnico, indica el penalista Rodríguez. Ahora también, «lo que hace es negarle el acceso a otros cargos por sus rasgos que, según ella, solo se le permitiría ir a un país que le es afín desde la perspectiva de la congresista. Entonces, lo que ocurre es una actuación contraria al 2.2 de la Constitución«, añadió el especialista para este portal.

Sin embargo, para el penalista Héctor Rojas no estaría constituyendo un delito las declaraciones de la parlamentaria naranja. «La relevancia penal de un acto discriminatorio solo debería declararse en casos graves, en los que se afecte, impida, perturbe o dañe gravemente la igualdad. Para los demás casos, como éste, existen otros mecanismos sancionadores que pueden dar una respuesta suficiente al hecho. Para que este caso sea penal, debería verificarse una afectación relevante a la igualdad de acceso a un cargo público y esto no se da», señaló Rojas.

¿Qué ocurre con su inmunidad parlamentaria ante la denuncia?

Ahora bien, cabe la duda respecto a la protección parlamentaria que goza Martha Chávez. En primer lugar, tenemos el artículo 93° de la Constitución, la cual recoge la figura de la inviolabilidad en su segundo párrafo; esta señala que los congresistas no son responsables de las opiniones que se puedan vertir en el ejercicio de sus funciones. En ese sentido, «estaríamos ante un primer obstáculo que tendría que afrontar la denuncia, ya que se dio en el contexto del debate de una comisión del congreso. Por ello, se podría alegar que lo ocurrido se sitúa como una crítica al Gobierno respecto al nombramiento que realizó», dijo Sergio Rodríguez.

Sin embargo, el especialista Rodríguez no considera que la Constitución ampare cualquier ejercicio de una facultad de fiscalización. «El artículo existe para proteger a los congresistas y permitirles que desarrollen sus funciones de fiscalización y representación», precisó. Esta función «no puede hacerse a cualquier costo, como amparar conductas que son abiertamente delictivas. Debeos tener claro el fin de este artículo», añadió.

Por otor lado, respecto a la inmunidad parlamentaria la cual permite las acusaciones solo por delitos de función, «diríamos que la actuación de la congresista si estaría cubierta por dicha inmunidad, ya que está realizando sus funciones, si bien no lo está desarrollando correctamente aún sigue en el parámetro de esas», dijo el penalista.

Ahora bien, la fiscalía podría realizar una investigación preliminar para que se recaben los elementos pertinentes; y de encontrarse los elementos suficientes para determinar un delito, se tendría que presentar una acusación constitucional por parte de la Fiscal de la Nación y por lo tanto tendría que verlo en primera instancia la subcomisión de acusaciones del Congreso, porque se trata de un delito cometido en el ejercicio de su función como parlamentaria, recalcó Rodríguez.

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