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Indecopi: ¿Cuál es el plazo máximo para los registros de marcas?

Indecopi: ¿Cuál es el plazo máximo para los registros de marcas?

Se ha modificado la normativa sobre propiedad industrial, a fin de simplificar algunos procedimientos de registros de marcas y el procedimiento por infracciones a los derechos de propiedad industrial. Indecopi tendrá ahora plazos máximos para resolver pedidos de los administrados. Entérate cuáles son a continuación.

Por Redacción Laley.pe

martes 28 de junio 2022

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El plazo máximo para que Indecopi otorgue o deniegue una solicitud de renovación del registro de una marca debe ser de 60 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha en que se emite la resolución que la resuelve.

Del mismo modo, el plazo máximo para otorgar o denegar la solicitud de inscripción de modificaciones del registro de una marca debe ser de 90 días hábiles. En ese mismo plazo máximo deberá resolverse la solicitud de renuncia total o parcial al registro de una marca.

Así lo establece el nuevo texto del Decreto Legislativo Nº1075, Disposiciones complementarias del régimen común sobre propiedad industrial, conforme a las modificaciones (arts. 64-A, 99, 112 y 118) e incorporaciones (arts. 61-C y 64-B) realizadas por la Ley Nº31497.

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¿Qué pasa cuando se infringe los derechos de propiedad?

Respecto a los procedimientos por infracción a los derechos de propiedad industrial se establece que en 10 días hábiles deberá resolverse el pedido de visita inspectiva, plazo que deberá contarse desde la fecha de presentación de la solicitud o la subsanación de omisiones hasta la fecha de emisión de la resolución que ordena la inspección.

En tanto que las medidas cautelares en los procedimientos sobre marcas deberán ser concedidas o rechazadas en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud o de la subsanación de omisiones, de ser el caso.

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Otros detalles

También se establece que, en los casos de diligencias de inspección solicitadas de parte, el solicitante deberá coordinar con la autoridad competente en un plazo de 30 días hábiles, los cuales deberán contarse desde la fecha de notificación de la resolución que ordena la inspección.

Cabe señalar que los procedimientos a cargo de los órganos competentes del Indecopi que se encuentren en trámite continuarán siendo tramitados bajo el procedimiento anterior.

Finalmente, se establece que el Indecopi, en un plazo no mayor de 60 días hábiles, adecuará su TUPA, así como sus plataformas virtuales, para que los solicitantes obtengan información eficiente, según la política de simplificación administrativa.

Puede revisar el documento AQUÍ.

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