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Mascotas serán legalmente miembros de la familia

Mascotas serán legalmente miembros de la familia

Triple reforma legal les otorga un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales, pasando a ser considerados ‘’seres vivos dotados de sensibilidad’’, y legalmente integrantes de la familia. Entérate más aquí.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 5 de enero 2022

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Congreso de los Diputados en España aprobó el pasado 2 de diciembre del 2021 una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cual elimina jurídicamente el tratamiento legal de seres inanimados que regía sobre las mascotas, y las cataloga como seres sensibles y miembros de la familia.

La reforma fue publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Ante la falta de especificación sobre su entrada en vigor, aplicaría la ‘’vacatio legis’’ -20 días de su publicación en el BOE-, por lo que entraría en vigor este 05 de enero del 2022.

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¿Cuáles son los cambios aplicados a la situación jurídica de las mascotas?

En relación al Código Civil, la reforma introduce un nuevo artículo que establece que los animales son seres sensibles y los propietarios deben ejercer sus derechos sobre ellos y sus deberes de cuidado respetando dicha cualidad de sensibilidad, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie.

Con respecto a la Ley Hipotecaria, se establece que los préstamos e hipotecas no podrán comprender a los animales domésticos, de recreo, de explotaciones ganaderas o industriales. Asimismo, los animales de compañía no serán sujeto de embargo, incluso cuando así lo sea la vivienda.

En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Civil, tras un divorcio y ante la falta de acuerdo, un juez podrá realizar una asignación de custodia sobre la mascota atendiendo al bienestar del animal y el interés de los miembros de la familia; así como acordar la participación económica en su manutención. 

Las medidas adoptadas podrán ser modificadas judicialmente tomando en cuenta las nuevas necesidades de los animales de compañía.

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La reforma establece también que, ante separación de los cónyuges, los jueces podrán decidir sobre la guarda conjunta de los hijos, a fin de evitar la instrumentalización del maltrato animal como herramienta de maltrato, control o victimización a la pareja o a los niños.

Entre otras modificaciones, se prohíbe el abandono de las mascotas y el causarles sufrimiento o dolor. Así también, cuando se encuentre a una mascota perdida deberá ser devuelta a su legítimo dueño, salvo que existan indicios fundados de maltrato, lo que será puesto a conocimiento de la autoridad competente.

Lea y/o descargue la reforma AQUÍ.

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