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Elecciones 2020: Lunes 27 de enero es declarado día no laborable para los miembros de mesa

Elecciones 2020: Lunes 27 de enero es declarado día no laborable para los miembros de mesa

El Ministerio de Trabajo precisó que el lunes 27 de enero es día no laborable y no compensable para quienes fueron miembros de mesa en las elecciones para elegir a un nuevo Congreso. Asimismo, los ciudadanos que trabajan en un lugar distinto al de su votación no laborarán los días 24, 25, 26 y 27 de enero.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 22 de enero 2020

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declaró el lunes 27 de enero como un día no laborable, de naturaleza no compensable, para quienes se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 del domingo 26.

“Para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente”, se señala en el Decreto Supremo N° 006-2020-TR, publicado el miércoles 22 de enero de 2020 en el diario oficial El Peruano.

En ese sentido, para gozar del beneficio, los miembros de mesa que se encuentren trabajando de manera dependiente deberán presentar a su empleador el certificado de participación, entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al momento de reintegrarse a su centro de labores.

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Asimismo, los trabajadores que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación no laborarán los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto.

En este caso, los trabajadores del sector privado, mediante un acuerdo con su empleador, establecerán la forma en la que se recuperará los días no laborados. A falta de acuerdo, quien decidirá será el empleador.

Mientras que, en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán “las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar”.

En cuanto a los electores que laboren el mismo día de las elecciones, tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.

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Por su parte, los miembros de mesa que laboren el domingo 26 están facultados para no asistir a sus centros de labores. En ese caso, los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

Al respecto, la gerente de Información y Educación de la ONPE, Pilar Biggio, resaltó esta disposición a favor de los miembros de mesa y electores. “Debemos recalcar que después de muchos años, o creo que es la primera vez, que sucede algo así, porque había sido día libre compensable; esta vez es día libre no compensable”, afirmó en diálogo con RPP.

Biggio calificó esta iniciativa como “justa”, por tratarse de un incentivo para los ciudadanos. “Creo que es justo lo que dice este decreto supremo. Un miembro de mesa dedica todo un día e incluso asiste a capacitaciones, entonces creo que es importante este incentivo”, afirmó.

Finalmente, también consideró “positiva” la tolerancia laboral para quienes deban movilizarse a otras ciudades a cumplir con su derecho al voto. “Hay tolerancia para el ingreso, esto también es algo positivo, sobre todo si has viajado y viajas muy temprano el lunes de retorno, puedes llegar un poco más tarde a tu centro de labores”, sostuvo.

Ud. puede descargar esta norma aquí y/o leerla en nuestro archivo Scribd:

 

Decreto Supremo N° 006-2020-TR by La Ley on Scribd

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