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Desde cuarentena total hasta paralización económica: conoce las nuevas medidas tras la segunda ola de la COVID-19

Desde cuarentena total hasta paralización económica: conoce las nuevas medidas tras la segunda ola de la COVID-19

10 regiones en cuarentena total, ampliación del horario de toque de queda, cierre de locales comerciales y negocios locales, suspensión de viajes interprovinciales y otras medidas regirán a partir del 31 de enero. Conoce a detalle el Decreto publicado hoy con las nuevas disposiciones contra la COVID-19.

Por Redacción Laley.pe

martes 26 de enero 2021

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Hoy se publicó el Decreto Supremo N° 008-2021-PCM el cual contiene las medidas anunciadas por el presidente Sagasti el día de ayer 26 de enero durante el Mensaje a la Nación. Las nuevas disposiciones focalizadas a adoptar regirán desde el 31 de enero y tendrá vigencia hasta el 14 de febrero, luego de ello se procederá a evaluar la situación del país y así adoptar nuevas medidas o continuar con ellas.

Aquí detallamos las medidas a adoptar por los próximos 15 días tras el aumento de la curva de contagiados y el colapso de nuestro sistema de salud para la atención de pacientes “covid”.

Prórroga del Estado de Emergencia Nacional

Como sabemos, el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM dispuso declara al país en Estado de Emergencia Nacional; ahora, con las nuevas disposiciones dictadas por el gobierno de Sagasti, el Estado de Emergencia se ha prorrogado por 28 días más a partir del 1 de febrero.

Cabe destacar que, durante un Estado de Emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución.

Nueva clasificación del Nivel de Alerta por Departamento

Para efectos de las nuevas medidas del Estado para combatir la COVID-19, el Decreto ha reclasificado a las regiones por su nivel de alerta. Par el caso de Nivel de Alerta Extremo están los departamentos de Lima, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac y la Provincia Constitucional del Callao.

Por otro lado, los departamentos de Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna están clasificados como nivel de alerta Muy Alto.

Así tambien, los departamentos de nivel Alto son Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali y Madre de Dios.

Cabe destacar que actualmente ninguna región ya se encuentra en el nivel de alerta moderado.

Limitación al tránsito de las personas

El Decreto Supremo establece que, hasta el 14 de febrero de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle.

Los departamentos que se encuentren en el Nivel de alerta moderado no podrán transitar desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas. Así también, aquellas regiones del Nivel de alerta alto tienen prohibido el tránsito desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas. Asimismo, paralas regiones de Nivel de alerta muy alto el toque de queda será desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas.

Por otro lado, la prohibición de salida para los departamentos que se ubican en un Nivel de alerta extremo será durante todo el día. Cabe precisar que para este nivel se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas; así como la salida peatonal durante una hora como máximo, a lugares cercanos al domicilio, entre las 06.00 y 18.00 horas.

Limitación al tránsito de vehículos particulares

Respecto a la prohibición del uso de vehículos particulares estos se establecerán, también, según el Nivel de Alerta por Departamento.

Para el nivel de alerta Alto, los ciudadanos no podrán transitar con vehículos particulares los días domingos. Para el nivel de alerta muy alto será los sábados y domingos. Y para las regiones clasificadas en el nivel de alerta extremo la prohibición rige todos los días.

El Decreto también precisa que, excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

USTED PUEDE TRAMITAR SU PASE VEHICULAR AQUÍ

 

Restricciones para el sector económico

Las nuevas restricciones para los negocios comerciales serán esquematizadas de la siguiente manera.

Nivel de alerta moderado:

  • Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados: 40%
  • Artes escénicas en espacios abiertos: 60%
  • Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%
  • Restaurantes y afines en zonas internas: 60%
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre: 70%
  • Templos y lugares de culto: 30%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 60%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%
  • Bancos y otras entidades financieras: 50%

Nivel de alerta alto:

  • Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas en espacios cerrados: 30%
  • Artes escénicas en espacios abiertos: 50%
  • Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 40%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%
  • Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre: 60%
  • Templos y lugares de culto: 20%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 50%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 40%
  • Bancos y otras entidades financieras: 50%
  • Nivel de alerta muy alto: Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos): 0%
  • Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%
  • Restaurantes y afines en zonas internas: 0%
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre: 30%
  • Templos y lugares de culto: 0%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 0%
  • Bancos y otras entidades financieras: 50%
  • Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50%

Nivel de alerta extremo:

  • Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos): 0%
  • Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 0%
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 40%
  • Restaurantes y afines (zonas internas o al aire libre): 0%
  • Templos y lugares de culto: 0%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 0%
  • Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines: 0%
  • Enseñanza deportiva y cultural: 0%
  • Bancos y otras entidades financieras: 40%
  • Transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre): 0%, excepto en los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao, cuya regulación será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Cabe resaltar que, para las actividades económicas señaladas en los cuatro niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales y delivery. Asimismo, también se dispone que los establecimientos comerciales deben cerrar dos horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 18:00 horas.

Finalmente, el Decreto Supremo precisa que aquellas actividades económicas que no están contempladas en el presente documento seguirán rigiéndose bajo las reglas que fueron establecidas de acuerdo a su fase de reactivación económica dictada con anterioridad.

Usted puede leer y/o descargar el Decreto completo AQUÍ.


NOTA PREVIA

El presidente Sagasti, mediante un Mensaje a la Nación, anunció que 10 regiones calificadas en nivel extremo ingresan a cuarentena total. Estas regiones son: Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac, Lima Región, Lima Metropolitana y el Callao.  Asimismo, se limitarán las actividades fuera de la casa y se permitirá el funcionamiento de los restaurantes bajo la modalidad de delivery. Así también, agregó que el transporte terrestre y aéreo interprovincial queda suspendido.

En las 8 regiones que se encuentran en el grupo de nivel muy alto se permitirá la apertura de tiendas en general con un aforo de 20%, el funcionamiento en restaurantes al aire libre con un aforo de 30% y el transporte terrestre al 50%. El toque de queda será de 8pm a 4am. Las regiones calificadas como nivel muy alto son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.

Las demás regiones restringirán el tránsito particular los domingos y sí se permitirá el transporte interprovincial. El toque de queda será de 9pm a 4 am. Cabe resaltar que las medidas regirán a partir del 31 de enero hasta el 14 de febrero. Además, agregó restricciones para los vuelos internacionales provenientes de Europa y de Brasil. 

Por último, Sagasti añadió, por un lado, que se ampliarán las camas UCI en hospitales MINSA y EsSalud. Por otro lado, anunció que la vacunación comenzará en febrero y el personal de salud en primera línea será el primero en ser vacunado. 

 

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