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Conoce el Protocolo para reuniones no presenciales en el sector público

Conoce el Protocolo para reuniones no presenciales en el sector público

Protocolo para el desarrollo de reuniones virtuales será de obligatorio cumplimiento por los sectores del Poder Ejecutivo y los organismos públicos que lo conforman. Este mecanismo busca adaptar el desarrollo de actividades estatales en el contexto de pandemia por la COVID-19.

Por Redacción Laley.pe

viernes 26 de febrero 2021

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El “Protocolo para desarrollar reuniones digitales-no presenciales en el marco de la emergencia sanitaria nacional y del estado de emergencia nacional a causa del brote del COVID-19” fue publicada este último domingo, 21 de febrero, en el diario oficial El Peruano.

Mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo 001-2021-PCM/SGSD, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó este protocolo que busca adaptar las actividades de reuniones en el sector público al contexto actual de aislamiento social.

Asimismo, en el anexo que acompaña a esta resolución, se detalla que el protocolo es de estricto cumplimiento por los sectores del Poder Ejecutivo, y los organismos públicos que lo conforman, a través de los órganos, unidades orgánicas y/o responsables de la gestión social y/o diálogo de cada entidad.

La normativa también señala que el protocolo publicado servirá de instrumento orientador para los gobiernos regionales y locales; así como otras entidades del Estado que necesiten de un mecanismo similar.

Respecto al contenido del protocolo, se señala, entre otras cosas, que las reuniones digitales deberán contar con una herramienta de tecnología de información disponible en la convocatoria que se emita para la realización de la reunión correspondiente.

“Las reuniones son convocadas -como mínimo- con dos (02) días de anticipación y estarán a cargo de la Oficina de Gestión Social y Diálogo, o la que haga sus veces, del sector que conduce el proceso de diálogo. La convocatoria a las reuniones digitales, debe precisar fecha, hora, agenda, herramientas de tecnologías de información y enlace”, precisa el protocolo.


Usted puede acceder al contenido completo del Protocolo AQUÍ.

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