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Corte colombiana devuelve hija a padres que el Estado había separado

Corte colombiana devuelve hija a padres que el Estado había separado

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar había separado a menor de la tutela de sus padres por encontrarse en la pobreza. El argumento para ello fue que la condición en la que vive la menor vulnera sus derechos. Sin embargo, un reciente fallo de una corte en Colombia, ordenó devolver a la hija a sus padres.

Por Redacción Laley.pe

martes 2 de marzo 2021

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Dos padres con severos problemas económicos denunciaron que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, junto a una comisaría de Colombia les quitaron a su menor hija para ponerla en adopción.

La historia inicia con el nacimiento de la niña en el 2017, quien tras cumplir un año, la clínica de salud encargada de sus revisiones pertinentes diagnosticó a la niña con desnutrición aguda moderada por el bajo peso que presentaba para su edad. Asimismo, este mismo centro de salud, advirtió la situación de la menor a la comisaría de la localidad, en la cual recalcó que si la situación no mejoraba la niña podría perder la vida.

Frente a ello, la comisaría de Familia de Colombia decidió investigar más sobre el caso y determinó una serie de obligaciones que los padres deberían cumplir para restablecer la salud de la menor. Un año después, la comisaría determinó que los padres habían incumplido tales mandatos, por lo cual, procedieron a enviar a la menor a un “hogar de paso”. Finalmente, la Comisaría de Familia declaró a la menor en adopción para iniciar su proceso de trasladarla a otra familia.

El conflicto en sede judicial

El descontento de los padres por el actuar de las autoridades civiles de colombia llegó hasta la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. Esta corte tenía como tarea evaluar si la decisión que ha tomado el Estado de separar a la menor de sus padres es la adecuada. Asimismo, también tenía que definir si la los padres realmente no cumplieron con sus deberes desencadenando una vulneración a los derechos de la niña.

Es así que la Sala Civil de Colombia advirtió en primer lugar que, el Estado tiene el deber de velar para que los niños y las niñas no sean separados de sus padres contra su voluntad. Así también, la Sala Civil se refiere a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual señala que los Estados tienen la obligación de apoyar y fortalecer a la familia y favorecer que los niños permanezcan en su núcleo familiar.

«Se terminó condenando la estrechez monetaria del hogar familiar, pasándose por alto que la jurisprudencia sobre la materia ha proscrito el entendimiento errado de que carencias de ese tipo sirven de soporte válido para justificar la adoptabilidad», aseguró el fallo. 

Continuando con la argumentación de la Corte, esta también advirtió que declarar la adopción de un menor quitando de la tutela de sus padres es una medida extrema y excepcional, ya que existen mecanismos alternos para solucionar la condición en la que podría estar un menor a causa de los pocos recursos económicos de sus padres.

La Corte indica que es deber del Estado brindar apoyo a los padres para evitar que condiciones como las del caso en concreto se agraven y se lleguen a medidas extremas. 

Por todo ello, la Sala Civil concluye en que ha identificado una vulneración del debido proceso, ya que los padres no fueron apoyados ni recibieron ayudas concretas para poder cuidar a la menor. Así, lo que debió haber hecho la Comisaría de Familia en este caso era ordenar medidas para que la familia pudiera atender los problemas de salud que tenía la menor, al igual que sus problemas económicos.

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