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Gaceta Civil 93: Caso fortuito y fuerza mayor como eximentes de responsabilidad civil

Gaceta Civil 93: Caso fortuito y fuerza mayor como eximentes de responsabilidad civil

En el más reciente número de Gaceta Civil & Procesal Civil se analiza en extenso el reciente precedente del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el cual se preciaron los conceptos de caso fortuito y fuerza mayor como causales eximentes de responsabilidad civil, lo cual ha generado un interesante debate en la doctrina nacional. Además, se describe la tutela cautelar y tutela anticipatoria en las pretensiones familiares, entre otros temas de interés. Escriben en este número diversos especialistas, tales como los profesores Gastón Fernández Cruz, Martín Mejorada Chauca, Juan Garazatua Nuñovero, Sergio García Long, Manuel Bermúdez Tapia y Carlos Valdivia Rodríguez.

Por Gaceta Civil & Procesal Civil

lunes 29 de marzo 2021

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Especial 1: Caso fortuito y fuerza mayor en el reciente precedente de Susalud

Semanas atrás, el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud adoptó un precedente vinculante por el cual precisó que el caso fortuito y la fuerza mayor son causales eximentes de responsabilidad por infracciones administrativas. Asimismo, en dicho pronunciamiento se diferencian ambas figuras, lo cual ha generado un interesante debate en la doctrina nacional. Por ello, en este número presentamos un muy completo especial, en el que se analizan los aciertos y desaciertos de esta decisión. Escriben los profesores Gastón Fernández Cruz, Sergio García Long, Guillermo Chang Hernández y Carlos Valdivia Rodríguez.

Especial 2: Tutela cautelar y tutela anticipatoria en las pretensiones familiares

La habitual urgencia en los procesos de familia exige que estos sean resueltos de forma célere, no obstante, la realidad nos muestra que ello no suele ocurrir. Estas razones determinan que hoy cobre capital importancia la necesidad de solicitar medidas efectivas que permitan salvaguardar de manera oportuna los intereses que subyacen en estos procesos. Por ello, en este especial se analizan las tutelas que se pueden dictar en el Derecho Procesal de Familia: i) la tutela cautelar; ii) la tutela anticipada; y, iii) la tutela autosatisfactiva. Escriben los especialistas Manuel Bermúdez Tapia, Tania Bocanegra Risco y César Muriche Astorayme.

¿Qué elegir? ¿Desalojo, reivindicación o “mejor derecho” de propiedad?

Cuando un abogado asesora a una persona que se dice propietario y quiere tomar posesión del bien contra un ocupante renuente, el paso más importante es la elección del camino a seguir para lograr ese propósito. Tanto el desalojo como la reivindicación y el llamado proceso de “mejor derecho” comprenden o pueden comprender la pretensión de entrega del bien, pero hay enormes diferencias en los presupuestos y efectos de cada vía. Por ello, en esta muy interesante entrevista, el profesor Martín Mejorada Chauca responde nuestras interrogantes sobre qué debe plantearse el abogado antes de decidir qué alternativa es la mejor para su caso.

Edificación social sobre terreno propio de uno de los cónyuges

El reconocido especialista en temas de propiedad, Juan Garazatua Nuñovero, comenta la interesante sentencia de la Corte Suprema (Casación N° 4640-2018-Arequipa), en la cual se debate la calidad de las edificaciones levantadas sobre un bien propio durante la vigencia de la sociedad conyugal. Así, al autor no le convence la tesis mayoritaria de la doctrina que encuentra en el segundo párrafo del artículo 310 del Código Civil un supuesto de accesión inversa, según lo cual las edificaciones sociales levantadas sobre terreno propio convertirían al terreno en un bien social. Sin embargo, expone que, aunque ello fuera así, el caso bajo análisis no debe tomarse como uno de edificaciones sociales sobre terreno propio sino como uno de mejoras útiles, puesto que es solo una sección del primer piso la que tiene la calidad de social y que sería excesivo considerar que esta sección con calidad de bien social ha convertido a todo el inmueble en social.

Jurisprudencia relevante

Jueces no pueden desconocer sentencia de filiación, aunque haya sido obtenida de forma fraudulenta

Si la sentencia de reconocimiento de filiación extramatrimonial no fue cuestionada oportunamente por los presuntos afectados, esta adquiere la calidad de cosa juzgada, incluso si existen claros indicios de que dicho pronunciamiento fue obtenido de forma fraudulenta. Por ello, la filiación no puede ser desconocida por el juez que conozca del proceso de sucesión intestada que tramite el hijo para que se le reconozcan sus derechos hereditarios (Sentencia N° 187/2021, Exp. N° 003525-2017-PA/TC-CUSCO).

El reconocimiento de obligaciones no es un acto inscribible en el Registro de Predios

En el Registro de Predios se inscriben aquellos actos que importan una mutación jurídica real del predio. También se registran ciertos derechos obligacionales, tales como el derecho de opción o el contrato de arrendamiento; sin embargo, estos últimos solo son inscribibles porque la norma así lo contempla de manera excepcional. Por lo tanto, no procede inscribir el reconocimiento de cualquier obligación, porque no altera de modo alguno la situación jurídica real del inmueble (Resolución N° 395-2021-SUNARP-TR-L).


Ud. puede descargar el sumario de este número aquí.

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