Viernes 03 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Modifican Decreto referido al programa «Reactiva Perú»

Modifican Decreto referido al programa «Reactiva Perú»

Modifican Decreto de Urgencia N° 026-2021, el cual establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el programa «Reactiva Perú». Mayor detalle AQUÍ.

Por Redacción Laley.pe

jueves 22 de abril 2021

Loading

[Img #29578]

El Ejecutivo mediente Decretode Urgencia publicado este 22 de abril de 2021, estableció medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, a efectos de ampliar los alcances del Decreto de Urgencia N° 026-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, para permitir la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, a empresas de mayor tamaño cuya relevancia se aprecia en términos de niveles de empleo formal y ventas.

En el Decreto se precisa la modificación del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2021. En este se contempla la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”. En tal sentido, el texto queda establecido de la siguiente manera.

«2.1 Facúltese de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, creado mediante Decreto Legislativo Nº 1455, hasta por la suma de S/ 19 500 000 000,00 (diecinueve mil quinientos millones y 00/100 soles), con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios del referido Programa que cumplan con los requisitos de acceso establecidos en el marco del presente Decreto de Urgencia. La Garantía del Gobierno Nacional para la referida reprogramación amplía su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantiene el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales.

(…).”

Otra modificación que contempla este Decreto es referido al artículo 3, el cual regula los requisitos para el acceso a la reprogramación de los créditos. Este nuevo texto queda así:

“Artículo 3. Requisitos de acceso para la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”

3.1 Las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú” son evaluadas por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) que otorgaron los respectivos préstamos. Para tales efectos, los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:

(…)

d) Para el caso de créditos entre S/ 5 000 001,00 (cinco millones y un y 00/100 soles) hasta S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles), se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior.”

Usted puede revisar y descargar el Decreto de Urgencia AQUÍ.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS